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El Chicle pasa ya a segundo grado y podrá pedir permisos en cinco años

Instituciones Penitenciarias fija en Villahierro su destino y lo revisará cada seis meses

León

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La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias decidió conceder el segundo grado a José Ignacio Abuin Gey, ‘El Chicle’ recluso del Centro Penitenciario Provincial de Villahierro, condenado a prisión permanente revisable por el asesinato de Diana Quer. Pese a que teóricamente podría solicitar sus primeros permisos al abandonar el primer grado, su condición de reo sujeto a la permanente revisable limita esta opción hasta el cumplimiento de ocho años de prisión efectiva (serían quince si su prisión permanente lo hubiese sido por actos de terrorismo). Lleva privado de libertad desde el 31 de diciembre de 2017.

La posibilidad de clasificación en segundo grado viene determinada por dos criterios: uno positivo y otro negativo. El primero es la valoración de la capacidad del penado para llevar a cabo una convivencia normal. El segundo el que se considere que no posee capacidad para vivir en régimen de semilibertad.

Cada seis meses como máximo, los internos deben ser estudiados individualmente para evaluar y reconsiderar, en su caso, todos los aspectos establecidos en el modelo individualizado de tratamiento al formular su propuesta de clasificación inicial. Cuando la Junta de Tratamiento no considera oportuno proponer al centro el cambio en el grado asignado, se notifica la decisión motivada al interno, que puede solicitar la remisión del correspondiente informe para que resuelva lo procedente sobre el mantenimiento o el cambio de grado. La resolución se notifica al interno con indicación del derecho de acudir en vía de recurso ante el Juez de Vigilancia.

El Chicle no consiguió su objetivo de que el Tribunal Supremo revisara su condena. La Sala de lo Penal desestimó íntegramente el recurso planteado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dictada en junio. Esta confirmaba a su vez la dictada por un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de A Coruña en diciembre de 2019. Se le condenó además al pago de una indemnización de 130.000 euros a cada uno de los progenitores y de 40.000 euros a la hermana de la víctima, y le impuso la prohibición de aproximarse a ellos a una distancia inferior a mil metros y de comunicarse por cualquier medio durante la duración de la pena y, en todo caso, desde el inicio de cumplimiento de la misma y hasta que transcurriesen 10 años desde la conclusión.

Un crimen sexual

Diana Quer, que tenía 18 años en el momento de los hechos, fue agredida sexualmente y asesinada tras su desaparición el 22 de agosto de 2016. Acudió esa noche a una fiesta en A Pobra do Caramiñal, localidad coruñesa en la que pasaba el verano con su madre y su hermana menor, de la que nunca regresó. Su cuerpo sin vida fue hallado en la madrugada del 31 de diciembre de 2017, dentro de un pozo con agua en donde estuvo más de 500 días sumergido, localizado en una nave de Asados, en el vecino municipio de Rianxo, muy cerca de la casa que habitan los padres del Chicle.

Los jueces sostuvieron que es «posible presumir, hasta alcanzar una conclusión de certeza más allá de toda duda razonable», que el traslado de la víctima hasta la nave de Asados, en el municipio de Rianxo, lugar en el que ella acabó desnuda y se localizó su cuerpo, obedece a una única razón: atentar contra su libertad sexual, máxime al tratarse de un inmueble «apartado y solitario».

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