El ocio nocturno aturde el Burgo Nuevo y obliga al Común a actuar contra Diez
Dicta una resolución en la que exige que se atajen los problemas con determinados locales de esta zona del centro
El Procurador del Común ha dictado una resolución por la que exige al Ayuntamiento de la capital que cesen de inmediato las molestias que esta causando un pub cuyos ruidos han provocado las protestas de parte del vecindario de Burgonuevo.
«En el caso objeto de la presente queja, la razón por la que se producen aglomeraciones durante numerosos fines de semana en horario nocturno en la vía pública situada enfrente de un inmueble sito en la Burgo Nuevo, 14, 16, 18 y 20, de la capital leonesa, se encuentra en el hecho de que en dicho lugar se encuentra la entrada al establecimiento», que dispone de una licencia municipal para el ejercicio de la actividad de discoteca.
Este régimen le permite un horario amplio de funcionamiento conforme a lo previsto en la Orden IYJ/689/2010, de 12 de mayo, por la que se ha determinado el horario de los espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen en los establecimientos públicos, instalaciones y espacios abiertos de la Comunidad de Castilla y León, la cual ha establecido como horario de cierre ordinario para las discotecas las 4.30 horas, de lunes a jueves, las 5.30 para los viernes, y las 6.30 horas para los fines de semana y festivos, aunque deben tenerse en cuenta las ampliaciones de 30 minutos en el horario de cierre permitidas en el artículo 4 de la mencionada Orden para determinados períodos del año (Semana Santa, Carnavales, del 16 de junio al 15 de septiembre y del 16 de diciembre al 5 de enero)», señala la resolución.
Precedentes
Los vecinos de una conocida zona cercana a un pub habían formulado quejas al respecto
«Esta circunstancia obliga, a juicio de esta Procuraduría, a reforzar la vigilancia por parte de los agentes de la Policía Local fundamentalmente en horario nocturno para evitar que la aglomeración de clientes en el exterior del local de ocio nocturno siga causando tanto los ruidos y molestias denunciados por los vecinos afectados, como los altercados y peleas acreditadas en las intervenciones practicadas por los agentes, menoscabando la convivencia ciudadana. De manera expresa, el ejercicio de esta labor de control se encuentra recogida en el artículo 21.1 de la citada Ordenanza: «La vigilancia del cumplimiento de los preceptos recogidos en esta Norma, serán ejercidas, en concordancia con las funciones que legalmente tiene atribuidas por el Cuerpo de la Policía Local, sin perjuicio de la colaboración policial con otros Cuerpos de Seguridad» .
Conductas antisociales
También exige el Común que, en cumplimiento de la Ley 3/1994, de 9 de marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes en Castilla y León, y de la Ordenanza municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de las Conductas Antisociales, «se formulen por dichos agentes de la autoridad las denuncias pertinentes a aquellas personas que causen ruidos y consuman bebidas alcohólicas en la vía pública, y al titular de la precitada discoteca en el supuesto de que incumpliese la obligación establecida en el art. 23 ter 1 de la precitada Ley, con el fin de que se tramiten los oportunos expedientes sancionadores por el órgano competente del Ayuntamiento de León», según consta en la resolución correspondiente, dictada ya hace algunas semanas y a la que ha tenido acceso este periódico.