Diario de León

Nueva batalla judicial ganada contra la planta de compostaje de Reliegos

El TSJCyL da la razón a la Junta Vecinal y anula la autorización ambiental que otorgó la Junta

Imagen de una protesta llevada a cabo contra la planta de compostaje de Reliegos. MARCIANO PÉREZ

Imagen de una protesta llevada a cabo contra la planta de compostaje de Reliegos. MARCIANO PÉREZ

León

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por la Junta Vecinal de Reliegos y por un grupo de vecinos, contra la ubicación de la Planta de Compostaje que se pretendía instalar en la localidad de Santas Martas, declarando la imposibilidad legal de hacerlo, por ser un acto administrativo contrario a Derecho y, al mismo tiempo, condenando en costas judiciales a la Junta de Castilla y León.

De esta manera anula la autorización ambiental concedida a la empresa Agro Gestión Integral Sociedad Cooperativa para instalar una planta de compostaje en terrenos de la localidad de Reliegos, en el término municipal de Santas Martas.

La argumentación de la sentencia «es muy sólida», según el abogado Marcelino Abraira Piñeiro, que ha representado los intereses de un grupo de particulares afectados por el proyecto. «Una planta de estas características tiene un uso industrial, pues tiene por objeto la transformación de lodos de depuración en compost, cuando el suelo donde se pretendía ubicar es de protección agropecuaria, por lo que se trata de una actividad prohibida», se dice en la sentencia.

En el fallo que anula la resolución e impone las costas a la administración autonómica, se constata que «no hay ninguna duda ni discusión» de que el suelo donde se proyecta la instalación está clasificado en las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Santas Martas como suelo rústico con protección agropecuaria, y que se trata de terrenos en los que «se acaban de invertir grandes sumas de dinero para realizar la concentración parcelaria y dotarlos de riego para su adecuado y más productivo uso agrícola»

Contra esta Sentencia cabe la interposición de recurso de casación al Tribunal Supremo en el plazo de 30 días a contar desde la notificación del fallo a la paryes.

«Ahora bien, si ya de por si se trataba de un recurso extraordinario, desde el año 2015 se han restringido aún más si cabe las posibilidades de acceder al Alto Tribunal, existiendo por ello escasas posibilidades de que pueda llegar a ser admitido a trámite por el Tribunal Supremo y, por tanto, de que el contenido de esta Sentencia pueda ser modificado», explica el letrado.

Rechazo vecinal

El proyecto para instalar una planta de compostaje en Reliegos para tratar 44.000 toneladas de lodos ha despertado una fuerte contestación social entre los vecinos a través de la asociación medioambiental del Valle de Valdearcos, que también acudió a la vía judicial. Los pueblos de la zona se han movilizado con protestas ante una iniciativa que recabó más de 200 alegaciones presentadas por parte de particulares y ayuntamientos y juntas vecinales de la zona, como Santas Martas y Reliegos. Varias de las alegaciones se referían a que la capacidad de tratamiento no debería exceder la producción local o comarcal de residuos.

Desde la Asociación Medio Ambiental del Valle de Valdearcos (Amawa) han querido destacar el decisivo papel del letrado Marcelino Abraira Piñero, especializado en casos medioambientales de gran afección, que «dispuso todo un despacho de abogados y a todos sus técnicos a trabajar para defender los intereses de nuestro pueblo frente a un despropósito medioambiental injustificado y abusivo».

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