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Las juntas vecinales deberán pagar a un funcionario a partir de ahora

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León

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La junta vecinal de cualquier pueblo tiene encomendadas funciones que, en ocasiones, cuentan con una trascendencia importante. Por ejemplo, actúan en contratos por uso de montes comunales. Son conocidos los permisos para explotación de masas forestales, para parques eólicos o, por ejemplo, canteras de pizarra o piedra.

Contando con el precedente de la sentencia adelantada hoy por Diario de León, a partir de ahora cualquier acuerdo de cualquier junta vecinal que no tenga el visado del secretario municipal será anulado si un vecino del pueblo presenta una impugnación de la reunión o del acuerdo. De esta forma, las pedanías se verán obligadas a pagar los servicios del secretario municipal para celebrar sus sesiones, dado que ya no puede actuar como tal un vecino del pueblo.

En casos excepcionales, en los que no sea posible la asistencia del secretario municipal, podrá desempeñar accidentalmente sus funciones un funcionario del municipio en el que se integre dicha pedanía. Y sólo en su defecto cabe la posibilidad de acudir al auxilio de la Diputación Provincial, dado que ya le prestan servicios como el del SAM (Servicio de Asistencia a Municipio). Pero, en cualquier caso, el acuerdo deberá estar refrendado por un funcionario.

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