La juez ratifica la prisión para Pérez por riesgo de fuga y destrucción de pruebas
? El constructor ponferradino Tino Pérez, fugado hace dos años y medio tras dejar a una treintena de compradores de pisos sin viviendas y sin ahorros, seguirá en la cárcel. La magistrada encargada del caso tras su detención el pasado mes de junio en Madrid acaba de dictar un auto en el que se desestima el recurso de reforma que había interpuesto la defensa cuando el 6 de julio se determinó prisión provisional para él, sólo eludible bajo una fianza de 200.000 euros que no llegó a reunir.
La nueva resolución de la magistrada del número 5 de Ponferrada, fechada el pasado jueves día 21, rechaza conceder la libertad al promotor y rebajar la fianza que se le había impuesto. En sus razonamientos, la jueza tiene muy en cuenta en todo momento dos cuestiones. De un lado los antecedentes de fuga del acusado, al que se le imputan presuntos delitos de apropiación indebida, estafa y alzamiento de bienes, y de otra parte el riesgo de que estando en la calle pueda contribuir a la destrucción de pruebas para la resolución del caso.
En la ratificación del ingreso en prisión, la titular de la sala argumenta el mismo «porque se aprecia fumus boni iuris y periculum in mora . El primero por no existir duda respecto a la gravedad de los hechos imputados al acusado, los cuales pudieran ser presuntamente constitutivos de delitos de apropiación indebida, estafa y alzamiento de bienes. El segundo ?indica? por la previa fuga de don Faustino, quien estuvo sustraído de la justicia, aún conociendo la existencia de orden de detención en su contra, desde el 27 de diciembre de 2008 hasta el 31 de mayo de 2011».
De República Dominicana, a Canarias. En este punto la magistrada otorga una especial trascendencia para sostener el encarcelamiento del constructor ponferradino en que en ningún momento se «llevó a cabo una entrega voluntaria» y en que su detención se «llevó a cabo como consecuencia de los controles de entrada en aeropuerto de Barajas tras comprobar la vigencia de la reclamación judicial, y sin que la intención del acusado fuese presentarse ante los juzgados de Ponferrada sino viajar a Canarias». Sobre los dos años de prisión provisional que se acordaron tras la última comparecencia del empresario, para la jueza se ajustan al artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal «toda vez que existen indicios razonables de la existencia de hechos que revisten caracteres de delitos sancionados con penas cuyo máximo legal sea superior a los dos años de prisión, hechos que pueden constituir tipos agravados penalmente, y de los que puede ser responsable el acusado».
En ese mismo apartado del auto al que ha tenido acceso este periódico se vuelve a subrayar que la medida de prisión provisional cumple dos finalidades: «Evitar la fuga del acusado y la destrucción de medios de prueba (...) constando la no entrega voluntaria de don Faustino a las autoridades y el conocimiento de la documentación acreditativa de sus actuaciones tanto en relación a las cuentas de la empresa Construcciones Ponsferrata S.L. como en relación a su propio patrimonio personal antes y después de su viaje a la República Dominicana». Los damnificados por la quiebra de Ponsferrata estiman en casi un millón de euros la suma de cantidades que adelantaron por los pisos que nunca vieron.