Agredida con cuchillo y porra «porque se había ido de fiesta»
La sentencia apelada contenía el siguiente relato de hechos probados: «El día 24 de julio de 2.011, sobre las 2:00 horas, el imputado se encontraba en un domicilio de la localidad de Poblado de Onamio, Ayuntamiento de Molinaseca, donde convivía con su pareja, entablando una violenta discusión con la mujer por haber salido ésta de fiesta».
«En el transcurso de la discusión el hombre, blandiendo un cuchillo, le causó un leve corte en el cuello a la víctima, golpeándola a continuación con una porra de metal en la pierna y en la mano derecha, logrando la mujer escapar de la vivienda».
«Tras esta agresión, la denunciante recabó la ayuda de la Guardia Civil denunciando los hechos, comprobando los agentes que le atendieron en un primer momento que la mujer se encontraba nerviosa y llorando, manifestando que sufría dolores en las zonas del cuerpo donde habían sido golpeada, siendo trasladada a un centro sanitario donde se le objetivaron lesiones y se constató que la lesionada seguía muy nerviosa y con tendencia al llanto».
Heridas de la víctima
«Como consecuencia de esta agresión la víctima sufrió lesiones consistentes en herida inciso contusa en región submentoniana, un hematoma en el dorso de la mano derecha, hematomas en el dorso de la pierna y muslo derecho y gonalgia izquierda, que precisaron para su curación de una primera asistencia facultativa sin necesidad de otro tratamiento médico o quirúrgico, tardando en curar quince días durante los que no estuvo impedida para el ejercicio de sus actividades habituales».
La mujer había renunciado al ejercicio de las acciones que pudieran corresponderle, siempre de acuerdo al texto de la sentencia inicial, que también especificaba que antes de cometer estos hechos en el Poblado de Onamio, el sospechoso de la agresión había consumido sustancias estupefacientes, lo que le afectaba a sus facultades intelectivas y volitivas.
El juzgado acordó una orden de protección a favor de la joven.