Diario de León

Villafranca evita pagar 31.500 euros a los Halffter por daños en la cerca del castillo

El matrimonio responsabilizaba de los derrumbes a la urbanización de la vieja N-VI.

El castillo de los Halffter, con la cerca de 348 metros de longitud, levantada en el siglo XVI, paralela a la antigua N-VI.

El castillo de los Halffter, con la cerca de 348 metros de longitud, levantada en el siglo XVI, paralela a la antigua N-VI.

Ponferrada

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Veinte años después de las obras de ensanchamiento de la antigua N-VI en su entrada a Villafranca del Bierzo, el juzgado de lo Contencioso de León ha desestimado la reclamación por supuestos daños en un muro del siglo XVI, perteneciente al recinto del castillo, interpuesta por los Halffter contra el Ayuntamiento. El fallo rechaza el recurso contencioso administrativo que había presentado María Manuel Caro, esposa del compositor Cristóbal Halffter, para reclamar 31.500 euros al Ayuntamiento en concepto de responsabilidad patrimonial, por entender que «no existe relación de causalidad entre la actividad o inactividad de la administración y los derrumbes y el deterioro del muro». La sentencia no es firme y cabe interponer un recurso de apelación en un plazo de quince días.

El pleito que mantienen los Halffter con el Ayuntamiento de Villafranca por el estado del muro de 348 metros viene de lejos. Arranca con las obras de urbanización de la antigua N-VI que ejecutó el Ayuntamiento hace dos décadas. Los demandantes, que recurrieron primero a un juzgado de Ponferrada y después a la Audiencia Provincial, en ambos casos sin éxito, consideran que los trabajos perjudicaron gravemente la estabilidad del recinto al ampliar la plataforma del vial y elevar su altura eliminando el antiguo camino que transcurría hacia Vilela y acumulando materiales de relleno. El muro del siglo XVI se convirtió así, alegan los demandantes, en un elemento de contención, función para la que no estaba preparado, propiciando derrumbamientos posteriores.

El juzgado número cinco de Ponferrada llegó a paralizar las obras en su día, pero después desestimó la demanda, y lo mismo sucedió con el recurso en la Audiencia Provincial, por entender que la ruina del muro se debe a su deficiente conservación y a la falta de cimentación por tratarse de una obra muy antigua.

El Juzgado de lo Contencioso se apoya en los fallos anteriores y cita un informe del entonces Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de 1996 que atribuye un derrumbamiento ocurrido un año antes consideraba que los daños eran «imputables a la propiedad (estado del muro y cultivos)» y no a la unidad de carreteras. El informe señalaba que el derrumbe se había producido «en una época de fuertes lluvias en la zona» y con una acumulación de agua en el encauzamiento, al no disponer de cimientos». El Ayuntamiento se había defendido argumentando que había seguido las indicaciones del Servicio Territorial de Patrimonio de la Junta de Castilla y León para evitar embalsamientos canalizando la mayor parte de las aguas pluviales hacia el alcantarillado «sin adherirse al muro de cierre de la finca parra no afectar a la seguridad y estabilidad de la cerca».

Los Halffter no se rindieron y ante los continuos desprendimientos volvieron reclamar al Ayuntamiento, que desestimó el 12 de marzo del 2007 su petición, dando pie al matrimonio a presentar el recurso contencioso administrativo que acaba de desestimar el juzgado de León. El Ayuntamiento ha argumentado que la reclamación de responsabilidad patrimonial y fue resuelta por el juzgado y la Audiencia y ahora el Contencioso le da la razón.

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