Diario de León

Condenan al Ceiss a devolver 150.000 euros de Obligaciones

Obligan a la entidad a pagar los intereses desde la suscripción de los valores.

Afectados por preferentes en una reunión en Ponferrada.

Afectados por preferentes en una reunión en Ponferrada.

Publicado por
M. Félix | Ponferrada
Ponferrada

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La cascada de sentencias sobre preferentes y obligaciones subordinadas, en contra de los intereses bancarios, no cesa. La última dada a conocer fue dictada por el Juzgado de primera Instancia e Instrucción número 7 de Ponferrada y en ella se declara la nulidad del contrato de suscripción en el Banco Ceiss (antes Caja Duero) de una partida de obligaciones subordinadas por importe de 150.000 euros. Esta cantidad tendrá que ser devuelta al cliente en función de este nuevo fallo judicial, si finalmente no hay recurso de la entidad financiera o no prospera el mismo.

Según el abogado Marco Antonio Morala que llevó el caso del cliente del banco, «se trata de la condena más alta a Banco Ceiss y la primera por obligaciones subordinadas emitidas por Caja Duero». En esta sentencia se declara igualmente nulo el canje obligatorio de las obligaciones subordinadas por «bonos necesaria y contingentemente convertibles en acciones ordinarias de nueva emisión del Banco Ceiss», ejecutado en base a la resolución del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) de mayo pasado.

En este último fallo judicial promovido por afectados del Bierzo, de Ponferrada en concreto, se establece la obligación de la entidad financiera de devolver al cliente la cantidad de 150.000 euros, deduciendo de la misma los intereses percibidos. Además, el Banco Ceiss deberá pagar el interés legal de los 150.000 euros desde la fecha de la suscripción de los valores hasta la resolución de la sentencia. También condena a la entidad financiera al pago de las costas del procedimiento judicial por entender que el demandante no tiene porqué correr con gastos a mayores después del perjuicio ocasionado con sus ahorros.

Eso sí, cabe señalar que la sentencia no es firme y contra la misma podrá interponer la entidad financiera un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de León en el plazo de veinte días.

Esta sentencia se suma a otras recientes del último mes, con devolución de cantidades que van desde los 30.000 a los 50.000 euros. Hay otras muchas demanda en espera de resolución judicial y hasta ahora el cliente no ha perdido ni una.

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