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El jurado consideró según la sentencia que no había pruebas contra el celador

León

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El jurado popular que juzgó la semana pasada el celador de Ancares acusado de quemar 300 hectáreas en Campo del Agua en octubre del 2011, considera «que no había prueba de cargo bastante contra el acusado para quedar desvirtuado el derecho a la presunción de inocencia, por lo cual se emite un veredicto de no culpabilidad», según consta en la sentencia que firma Manuel Angel Peñín, Magistrado Presidente del Tribunal.

En el fallo, que se hizo público ayer, se concedió un plazo de diez días para que las acusaciones particulares y el Ministerio Fiscal puedan recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La decisión se adoptó después de que el veredicto le considerase «no culpable» por cinco votos frente a cuatro que declararon como hecho favorable al acusado la no constancia de que dos testigos le hubieran visto bajarse de un vehículo, acercarse a unos matorrales de la pista y volver a reemprender la marcha.

La acusación consideraba que el hecho de que el incendio se originase en ese punto era suficiente argumento para considerarlo culpable. Los miembros del Jurado Popular «rechazan la opción desfavorable al acusado relativa a la comisión del mismo», según consta en el fallo.

El texto hace constar que la defensa del procesado introdujo una protesta en los prolegómenos de la entrega del objeto del veredicto al jurado. Solicitaba Enrique Beamud la inclusión de un determinado hecho en el objeto, que no se especifica en la sentencia, y que fue rechazado por el Magistrado Presidente, circunstancia que se hace figurar en la sentencia bajo protesta.

El presidente ordena remitir certificación de la sentencia al juzgado de Instrucción 8 de Ponferrada, que se encargó de la instrucción.