Diario de León

El juzgado anula la expulsión y la multa a un socio de Vinos del Bierzo

Por presentarse al margen de Urcaycl en las elecciones de la DO.

La cooperativa de Cacabelos readmite al socio expulsado.

La cooperativa de Cacabelos readmite al socio expulsado.

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Manuel Félix | Ponferrada
Ponferrada

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Es sentencia firme porque no ha habido recurso ante la Audiencia. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ponferrada ha declarado nulo el despido y multa de 1.500 euros impuesta por la Cooperativa Vinos de Bierzo de Cacabelos a su socio José Antonio González Díaz. La cooperativa acusaba a este socio de presentarse como independiente a las elecciones del Consejo Regulador del 21 de julio de 2013 y ocasionar con ello la pérdida de influencia en el Consejo al perder el vocal correspondiente al estrato de viticultores con viñedos con una superficie entre 2,5 y 6,3 hectáreas, lo que según la cooperativa supuso que el resultado final de las elecciones se decantase a favor de la Agrupación de Bodegas ‘Autóctona’ quien logró cinco vocales, por los cuatro de Urcacyl y el vocal de Bierzo Export Wine.

El presidente de la cooperativa Vinos del Bierzo afirmó de aquella que se había avisado a todos los socios por carta de que quienes quisieran presentarse como candidatos que lo comunicaran en las oficinas de la cooperativa. pero este socio no hizo caso y decidió presentarse como independiente, por lo que en su día, antes de las elecciones se le abrió el preceptivo expediente sancionador y se resolvió por el Consejo Rector con la expulsión, expulsión que posteriormente fue ratificada por la Asamblea General de Socios, al considerar su conducta como grave. Pero José Antonio González Díaz, a través del abogado ponferradino Javier Barrios, presentó recurso ante la Justicia y ésta le ha dado la razón.

La sentencia del Juzgado 4 de Ponferrada indica que «se estima la demanda interpuesta por elJosé Antonio González Díaz, frente a la Sociedad Cooperativa Vinos del Bierzo, y en consecuencia se declara la nulidad de los acuerdos de expulsión de la sociedad y multa de 1.500 euros, adoptados por la Asamblea General de la Sociedad de fecha 23/2/2014 en su punto cuarto, y el Acuerdo del Consejo Rector de fecha 23/7/2013 en su punto segundo, con imposición de las costas a la Cooperativa». Las costas ascenderán a una cantidad cercana a los 3.500 euros.

La sentencia señala que los hechos por los que se impuso la sanción, esto es, su presentación como independiente a las elecciones del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Bierzo son «inexistentes y carecen de efectos jurídicos para imponerle la sanción de expulsión». Según el abogado Javier Barrios, en primer lugar, porque no están previstos en los Estatutos como falta muy grave. En segundo lugar, porque 20 días antes de la asamblea que procedió a la expulsión de González Díaz y se convocó un nuevo proceso electoral el día 2 de febrero de 20014 en el que no participó. En tercer lugar, porque en el proceso electoral se habían presentado otras candidaturas de socios de la cooperativa, que ni fueron sancionados, ni tuvieron conocimiento de que se les iniciará expediente sancionador. En cuarto lugar, porque la presentación de González Díaz como independiente no se ha probado que causará desprestigio a la entidad vinícola.

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