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El jurado declara culpable de asesinato al autor del crimen de Argayo

Publicado por
León

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El jurado popular del juicio por el crimen de Argayo declaró ayer al acusado, el joven Diego Álvarez, culpable del asesinato de su cuñado, Ángel Gómez en la noche del 29 de abril de 2012. Y lo hizo por unanimidad, después de que Álvarez reconociera que disparo a la víctima con un arma de caza y pactara con el fiscal una pena de 11 años y tres meses de prisión. El jurado también declaró culpables del delito de encubrimiento a los dos amigos del acusado que la noche del crimen habían acudido a la casa familiar para celebrar el cumpleaños del joven. Los dos han aceptado una pena de seis meses de cárcel.

El jurado leyó ayer el veredicto después de las deliberaciones ya tras la celebración de la segunda jornada de vista oral en la Audiencia Provincial, que se ha saldado con la toma de las declaraciones de los acusados, las pruebas testificales y también las periciales, entre ellas la de balística. Durante los informes de las partes se ratificó el acuerdo con la Fiscalía, informa la agencia Ical.

Para el fiscal se trata de un caso de asesinato porque las circunstancias se han producido «sin ningún tipo de defensa posible» y la víctima murió prácticamente en el acto. No se produjo circunstancia de legítima defensa, el autor actuó de manera consciente y se dio la situación del arrebato, porque se demostró que se llevaba muy mal con la víctima y tenía un trato especial con sus sobrinas.

La defensa de los acusados de encubrimiento reconoció que su primera declaración se produjo «sin buscar un sentido de culpabilidad, sino por la amistad con el acusado» y estaban en «shock emocional».

Reparación del daño Por último, la defensa del acusado explicó que el arrebato fue un elemento externo que se dio el día de los hechos como consecuencia de la «pésima» relación entre el acusado y la víctima, Se da también la atenuante de la obcecación y la reparación del daño, ya que el acusado y su familia abonaron a los hermanos de la víctima 40.000 euros en concepto de daño moral y 10.000 euros en concepto de costas.

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