Condenan a Bankia a devolver a un cliente 3.738 euros de la compra de acciones
El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Ponferrada acaba de dictar una sentencia declarando la nulidad de compra de acciones de Bankia como consecuencia de su salida a bolsa, que se produjo en el mes de julio del año 2011. En su dictamen, el magistrado titular de dicho juzgado condena a la entidad financiera a abonar 3.738 euros, más los intereses y las costas, al comprador de dichas acciones, según informó ayer el abogado Roberto Soto.
«La sentencia emitida por el Juzgado número 7 acoge, en sus fundamentos jurídicos, los argumentos de la demanda respecto a que al comprador de las acciones se le provocó un error en su decisión de invertir por información facilitada por Bankia», explicó el mismo letrado, perteneciente al despacho Luis Soto Abogados.
Él mismo recordó que el que ahora ocupa es el segundo de los casos llevados por este despacho en los juzgados de Ponferrada que concluye con una condena a Bankia y la obliga a devolver el dinero invertido por un cliente por la compra acciones. En la primera sentencia favorable al cliente, el juez encargado del caso condenó a la entidad financiera a abonar 66.000 euros, más los intereses y las costas derivadas del procedimiento judicial abierto.