TRIBUNALES
El TSJ ratifica la condena a la DO por no reconocer la Merlot y el Tempranillo
Deberá pagar 87.757 euros a dos viticultores que plantaron estas variedades experimentales
La Sala de la Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ratificado la sentencia dictada en noviembre de 2013 por el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de León que condenaba al Consejo Regulador de la Denominación de Origen de los Vinos del Bierzo a pagar 87.757 euros a dos viticultores por los daños y perjuicios que, para su actividad, supuso el no reconocimiento dentro de la DO de la plantación de las variedades de uva Merlot y Tempranillo que realizaron entre 2001 y 2003 en Camponaraya. Ello —explica la sentencia— pese a que el propio Consejo Regulador, en el marco del denominado Plan de Reconversión de Viñedos del Bierzo 1, había amparado su plantación e, incluso, en su propia página web indicaba que la elaboración de los vinos protegidos incluía cinco variedades experimentales, entre ellas las dos citadas, aprobadas por el Pleno del CRDO y pendientes de la pertinente autorización por parte de la Junta de Castilla y León.
Lo que el TSJ dictamina en la sentencia, notificada ayer mismo, es la desestimación del recurso de apelación posterior interpuesto por el Consejo Regulador, argumentando que su competencia «se limita a proponer la inclusión de nuevas variedades como acogidas en la Denominación de Origen, pero la decisión sobre ello le corresponde a la Junta de Castilla y León», y que , por lo tanto, que «habían actuado como meros intermediarios en la tramitación de ayudas para la reestructuración de viñedos, detalla la sentencia.
Un argumento no válido para ninguno de los órganos judiciales que se han posicionado a favor de los demandantes, pues entiende que hay pruebas fehacientes y suficientes que demuestran que «el Consejo Regulador llevó a cabo acuerdos y actuaciones en el ámbito de sus competencia y para sus destinatarios, los viticultores y bodegueros, que implicaban el reconocimiento de las variedades experimentales como autorizadas por la DO, permitiendo la elaboración de vinos con las mismas y bajo tal DO».
El TSJ estima que fue «un cambio de postura» de propio CRDO la que motivó los daños y perjuicios para estos viticultores que tuvieron que sustituir las variedades Merlot y Tempranillo por Godello con el desembolso económico que ello supone. «La nueva política seguida por el Consejo Regulador a partir de la campaña de 2007 les ha generado perjuicios por cuanto que decidió autorizar una nueva cartilla donde dejaban de estar amparadas las variedades experimentales y, todo ello, a pesar de no haber existido cambio normativo alguno, por lo que los veedores procedieron a descalificar la entrada de las uvas Merlot y Tempranillo», determina la sentencia.
La replantación con Godello de las tres hectáreas afectadas en una parcela de Camponaraya supuso un desembolso de 87.757 euros que ahora es la cantidad que se le reclama al Consejo Regulador. Una cifra correspondiente —detalla la sentencia— al «coste del injerto por 51.999 euros y la pérdida de la cosecha por importe de 35.758 euros, según el informe del perito que acompañan a la demanda».
La sentencia es firme, por lo que contra la misma no cabe recurso de ningún tipo.