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Descienden las multas por vertidos a los ríos al incoarse este año 31 casos

La Confederación Hidrográfica Miño-Sil ha resuelto hasta septiembre 58 expedientes.

El Sil no se encuentra en la lista de los ríos mejor conservados. A.F.B.

Publicado por
León

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M. Félix | Ponferrada

Una de las cuestiones que suele traer de cabeza a varios ayuntamientos del Bierzo son las sanciones que les suele imponer la Confederación Hidrográfica Miño-Sil por actuaciones en los ríos y arroyos que atraviesan su jurisdicción. La mayoría de los alcaldes suelen callarse, prefieren no manifestar su malestar, pagar la multa y tirar hacia adelante. Los hay también que no se resisten y se quejan de forma pública (este periódico publicaba hace unos meses el problema en el municipio de Congosto, en la zona de Villaverde) por tener que saldar sanciones por intervenir en una escollera, después de que la crecida del agua se llevase por delante 120.000 euros de inversión en la depuradora de aguas.

Con todo, los ayuntamientos están cumpliendo y el hecho de que existe mayor conciencia social para evitar los vertidos y actuar con prudencia en los cauces fluviales está reflejado en la última estadística de sanciones y expedientes incoados a las adminisraciones públicas y particulares por parte del organismo de aguas con sede en Orense, y que se encarga de la zona del Bierzo, la cuenca del Sil.

En lo que va de este año 2016 la ConfederaciónHidrográfica Miño Sil ha abierto en la zona del Bierzo un total de 31 expedientes sancionadores. El año pasado fueron en concreto 77 los expedientes incoados y el organismo de aguas resolvía un total de 30 en ese mismo ejercicio del 2015.

Este año, con los citados 31 expedientes incoados, la Comisaría de Aguas ha resuelto un total de 58. Ha falta de pocos meses para cerrar el ejercicio anual, la previsión que se baraja desde este organismo estatal es que se mantiene la tendencia a la baja en cuanto a las sanciones y expedientes abiertos a los ayuntamientos y alguna empresa particular.

Dos factores

Desde la Confederación Hidrográfica que preside Francisco Marín interpretan estos datos de menor incidencia sancionadora en dos factores fundamentales. Por un lado consideran que se está dando un «mayor esfuerzo inversor de las distintas administraciones y de las empresas para tratar adecuadamente sus vertidos y en el cumplimiento de los parámetros establecidos en las autorizaciones». Y por otro lado, también apuntan a que existe «una mayor concienciación social de cara a la protección integral del medio ambiente».

En el caso de los expedientes sancionadores la ley de protección de datos prohíbe revelar detalles de las multas a terceros. Así, a la hora de ofrecer información de estos vertidos, solo se puede adelantar que la clasificación que desde la Miño-Sil detalla y que aparecerá en su memoria anual se centra en cuatro apartados diferenciados: Son multas «por derivación de aguas», «por vertidos aguas residuales», «por obras» y el genérico «por otros motivos».

Según el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, los daños se valoran en función de la afección producida. Es decir, toxicidad de los contaminantes del vertido, tiempo de exposición del medio al vertido y caudal del medio receptor, entre otros factores. En cuanto a la valoración de daños se considera: «Leve» (menor de 3.000 euros) la multa podría ser de hasta 10.000 euros. «Menos grave» (3.000-15.000 euros) el importe de la multa oscilaría entre 10.000 y 50.000 euros. «Grave» (15.000-50.000) la multa oscilaría entre 50.000 y 150.000 euros. Y «Muy grave (más de 50.00 euros de daños) la multa superaría los 150.000 euros. En el caso de expedientes graves o muy graves han de ser resueltos por el Ministerio. En cuanto a la información de esta valoración de daños el organismo de cuenca no podría, en ningún caso por ley, dar datos evaluados.

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