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El juez envía a la cárcel al acusado por secuestro y quebrantar condena

La descripción del lugar de las vejaciones y los playeros encontrados fueron claves.

El encarcelado, con la cabeza cubierta por una prenda, ayer a la entrada al juzgado de Ponferrada para declarar ante el juez. ANA F. BARREDO

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León

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M. F. | Ponferrada

El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Ponferrada, encargado en el Bierzo de los casos de violencia de género, decretaba a primera hora de la tarde de ayer un auto por el que envió a prisión —comunicada y sin fianza— a I. R. G., de 35 años de edad y vecino de Bembibre, por entender que «aparecen indicios racionales bastantes para presumir la participación del detenido en los hechos investigados», que no son otros que la denuncia interpuesta por su ex- pareja sobre su secuestro, agresiones y vejaciones, con la participación de otras dos personas.

El hombre compareció en esta ocasión ante el juez en calidad de detenido como presunto autor de «un delito de detención ilegal y de quebrantamiento de condena derivado de violencia sobre la mujer». El Juzgado ha decretado igualmente el secreto de las investigaciones para todas las partes, a excepción del Ministerio Fiscal, por el plazo de 30 días. También se especifica en el auto que sigue vigente la prohibición y aproximación del encausado a su expareja y se ha notificado al centro Cometa, encargado de vigilar electrónicamente al encarcelado, que sigue vigente este mismo control.

El juez instructor destaca que se da la «existencia de unos hechos que por ahora, y sin perjuicio de su posterior calificación jurídica, revisten los caracteres típicos de un delito de quebrantamiento de medida cautelar (penado con pena de prisión de 6 meses a un año) y de un delito de detención ilegal (penado de 4 a 6 años de cárcel)».

De esta forma, enviando a la cárcel al hombre, el juez también indica que lo hace para «evitar la ocultación, alteración o destrucción» de las fuentes de prueba relevantes para el posterior enjuiciamiento.

Desde el tribunal que lleva el caso también se afirma que la existencia de «motivos bastantes para creer responsable del delito a I. R. G.» se constata en varios hechos. Así, alude a que según ha manifestado la fiscal en la causa, «consta en autos la coincidencia entre el relato de algunos extremos de la declaración de la denunciante y la entrada y registro efectuada en el día de ayer (por el miércoles) en el domicilio y trastero donde vive el denunciado». Añade el juez que, «es cierto que no existe una prueba directa de la participación del detenido en los hechos, pero también lo es que no se puede descartar su intervención ante los indicios y conocimiento de la víctima de detalles del lugar de detención ilegal, que no tendría por qué». El detenido siempre ha negado su participación, pero —concluye el juez— «los detalles de los hechos denunciados puestos en relación con los datos que no tendría por qué conocer la víctima, nos deben llevar a no descartar la participación del investigado». La víctima describió el lugar de las vejaciones y los playeros (oscuros y franja roja) encontrados de su expareja.