Ponferrada dicta orden para recuperar las percepciones abonadas al bipartito
El Ayuntamiento decide no ir contra el auto y adelanta que podría recurrir por vía ejecutiva.
j. c. f. | Ponferrada
El Ayuntamiento de Ponferrada, en reunión celebrada en la mañana de este miércoles entre el equipo de Gobierno y los servicios de Tesorería y Secretaría del consistorio, ha decidido no recurrir el auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de León por el que se le insta a «hacer efectivo el reingreso al ayuntamiento de las cantidades indebidamente percibidas» por los integrantes del equipo de gobierno del bipartito en sus dos años al frente del consistorio.
«Se ha decidido dictar orden para que, de forma inmediata se inicie, en los términos que marca el auto, el proceso para reintegrar el pago efectuado de forma indebida», señaló ayer en una comparecencia pública , la edil de Hacienda de Ponferrada, Amparo Vidal, quien explicó que «al tener la consideración de ingresos de derecho público, pueden ser reintegrados por procedimiento de apremio. Esto es, que la administración puede recurrir a la vía ejecutiva», si una vez finalizado el periodo de ‘pago voluntario’ no se hubiese efectuado la devolución de la cantidad en cuestión.
«Vamos a cumplir lo que expresamente dice el auto», señaló Vidal, quien informó que el Tesorero municipal ha iniciado el proceso para determinar las cantidades exactas que cada integrante del bipartito deberá devolver al consistorio. Una cantidad, que en su conjunto, se sitúa en los 527.000 euros. Una cantidad, que según apuntó en su comparecencia de ayer la edil de Hacienda, ya «fue presupuestada para este ejercicio en previsión de que se dictara esta ejecución».
El fallo del Contencioso también deja clara la vía de los integrantes del bipartito para recibir cualquier indemninación del consistorio de Ponferrada por los años en que desempeñaron cargo público (remunerado de forma irregular, según los juzgados, tras la sesión plenaria celebrada el 30 de marzo de 2013). Y ésta no es otra que la de abrir una nueva causa en los juzgados, ya que la sentenci considera que «si la efectiva prestación de servicios por los afectados ha de dar lugar o no a algún tipo de indemnización, es una cuestión de responsabilidad patrimonial, ajena a este proceso, que habrá de sustanciarse en el procedimiento administrativo correspondiente, a instancias de los interesados». Los afectados por el sentido en el que se ha emitido el auto por parte del Consultivo, dispondrán de un plazo de «entre diez y quince días, para la presentación de las alegaciones que estimen oportunas, entiendo que sobre la cantidad en cuestión, no sobre el proceso», señaló Vidal. El Ayuntamiento dispone de un plazo «improrrogable de dos meses para acreditar ante el juzgado la iniciación, trámite y conclusión del procedimiento de ingresos indebidos, incluido el efectivo reintegro al consistorio de las cantidades indebidamente percibidas».
En la sentencia también se ponen los focos sobre los servicios técnicos municipales, a los que se les reprocha «no haber cumplido con la orden de la Alcaldía» para hacer efectiva la sentencia del TSJ, sino que emitieron unos informes que nunca habrían sido solicitados por ésta y por su intención de convertir la sentencia en una «mera declaración retórica».