Los recurrentes defendían que había error en la fecha
Por parte de la defensa del Club Hípico El Trotón se puso de manifiesto en el juicio que existía un error en la fecha del contrato de cesión de los terrenos por 25 años. Argumentaban que no era la fecha de 1986, sino que la correcta era la del año 1992.
Básicamente, la Justicia viene a decir que no le concede validez a la escritura de donación hecha por el fundador del Club el Trotón, Horacio Fernández, a sus dos hijos. Éstos pretendían subrogarse a los derechos que tenía su padre en el Club Hípico como poseedor no propietario de las instalaciones.
El argumento del primer fallo judicial dictado por la magistrada de Ponferrada y que ahora ratifica la Audiencia incide en que los hijos de Horacio Fernández repudian la herencia de su padre, por lo que no se puede proceder a la subrogación de la propiedad que venía reclamando el Club de Tenis de Ponferrada. Y ello porque el beneficiario de la donación inicial del Club de Tenis, el propio Horacio, no tenía la condición de arrendatario de los terrenos.
Por eso, se concluye desde la Justicia que existe un mantenimiento de la propiedad «indebida», y que la misma tenía que haber sido ya devuelta al Club de Tenis hace años.
Los demandados y ahora condenados a costas si noacuden al Supremo tendrán que dejar las instalaciones del Trotón, un centro que contó con gran actividad social y que con el tiempo cayó en el declive.