MUNDIAL DE CICLISMO
El Tribunal de Cuentas rechaza abrir un juicio contable por el Mundial
Considera que avalar el pago de los 4 millones no fue en sí mismo "generador de un perjuicio"
El Tribunal de Cuentas considera que no ha lugar a un juicio contable sobre las cuentas del Mundial de Ciclismo que, en paralelo, investiga un juez de Ponferrada. Así lo establece en un auto del pasado 2 de septiembre la instructora del expediente en el TC, un año después de que el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León remitiera al máximo órgano fiscalizador de las administraciones públicas de España toda la documentación ante «la posible existencia de responsabilidad contable» en la gestión de los cinco millones que tuvo que pagar el Ayuntamiento a la Unión Ciclista Internacional (UCI) por derechos de organización y márketing. Contra el auto había un plazo de 15 días para apelar, que ya han transcurrido.
El Tribunal de Cuentas llega a esa conclusión después de un proceso en el que ha dado audiencia al Ministerio Fiscal de la institución y al Ayuntamiento, que mantenía en informes del abogado y la interventora que se habían producido varias irregularidades a la hora de avalar los cuatro millones restantes que no se pudieron pagar inicialmente. Tras analizar todos los pasos dados por el Ayuntamiento desde que, el 17 de julio de 2011, con Carlos López Riesco de alcalde, se formalizara el contrato con la Unión Ciclista Internacional para la celebración del Mundial de 2014, la instructora de caso considera en el auto que «el Ayuntamiento, con independencia de los acuerdos posteriormente celebrados con la Fundación del Deporte, estaba obligado frente a la UCI al abono de las cantidades estipuladas, haciendo sido necesaria la constitución de avales y garantías para el abono de los importes acordados, al no disponer del efectivo necesario o por razones de tesorería».
El Ayuntamiento, recuerda, «ni renunció, ni rescindió el contrato» y al final el Mundial se celebró. En dos plenos, en febrero y abril de 2014, con Samuel Folgueral ya de alcalde, se asumió el pago y se abonaron finalmente a la UCI los cinco millones más los intereses e impuestos de un campeonato que fue declarado «acontecimiento de excepcional interés público». «El hecho de que la Corporación haya tenido que prestar avales y garantías que fueron posteriormente ejecutadas no puede entenderse por sí mismo generador de un perjuicio desde el punto de vista de la responsabilidad contable, al haberse producido en ejecución de un contrato, siendo la fórmula jurídica elegida para la constitución de dichos avales irrelevante a efectos de responsabilidad contable», aclara el auto.
Sobre los informes de Tesorería e Intervención del Ayuntamiento, el fallo no los considera relevantes en el proceso «máxime cuando se trataba de garantizar el abono de cantidades a las que la Corporación estaba obligada frente a la UCI». De todas formas, considera que esas irregularidades administrativas pueden ser objeto de otros procesos, «pero no de responsabilidad contable».
Y en cuanto al riesgo financiero alegado por el Ayuntamiento en su escrito del pasado 9 de julio, ya con Olegario Ramón de alcalde, considera que tampoco se pueden tener en cuenta, «máxime cuando dicho incremento es hipotético, futuro, incierto e imprevisible». Por todo ello, «procede acordar la no innación del juicio contable», concluye.