Diario de León

La defensa cita al Supremo al dictar que hasta 50 gramos no es delito

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En la vista oral, la defensa de los dos jóvenes acusados citó al juez de lo Penal numerosas sentencias del Supremo que han sentado jurisprudencia y que han resuelto la libre absolución de los defendidos por entender que la droga intervenida por las fuerzas del orden no era una cantidad suficiente como para ser tipificada como delito. Según la jurisprudencia del Supremo, tener hasta 50 gramos de hachís está considerado como para consumo propio. Entiende este dictamen que un consumidor puede fumar al día unos cinco gramos de marihuana, y a la vez puede hacer acopio de este alucinógeno para diez días, a razón de cinco gramos por día serían los cincuenta gramos. En el juicio la abogada de la defensa quiso dejar bien claro que no hubo tráfico de drogas y que mucho menos este caso se trataba de una red u organización dedicada a la producción y posterior distribución de la marihuana. En el juicio también estaban citados a declarar como testigos cuatro guardias civiles.

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