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Tribunales

El TSJ absuelve a una funcionaria de Benuza de falsedad documental y usurpar el cargo de secretaria interventora

benuza

Ponferrada

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha decidido desestimar, y por tanto rechazar, el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Benuza contra la sentencia de la Audiencia Provincial de León, que absuelve definitivamente a una funcionaria municipal de la acusación del delito de falsedad documental,  usurpación de funciones públicas,  infidelidad en la custodia de documentos, falsedad en documento público y falsificación de certificados. La auxiliar municipal fue acusada por la secretaria municipal de utilizar su firma, pero la sentencia dictada en la instancia absuelve a la acusada de todos los delitos por aplicación del principio de presunción de inocencia al no haberse practicado prueba de cargo suficiente. Sostiene que en multitud de documentos, la auxiliar firmó por orden delegada de la secretaria.

Dice la resolución del TSJ que "la sala enjuiciadora no cree la tesis de la denunciante, la Secretaria-Interventora, por acumulación del Ayuntamiento de Benuza en el momento de los hechos, quién mantiene que con ocasión de otro proceso penal que se siguió descubrió que la acusada durante todos los años en los que prestó servicios como auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Benuza, había firmado multitud de documentos públicos y oficiales, bien falsificando la firma, bien con su propia firma como consecuencia de una supuesta delegación de funciones que la Secretaria Interventora le hizo".

La secretaria municipal denunciante, dijo que la acusada carecía de la preceptiva delegación de firma y funciones, y de la cualificación y formación necesarias para el ejercicio de las funciones de secretaría e intervención de administración local. Asimismo, la secretaria municipal vino a decir que, "una vez que ella confeccionaba los documentos pertinentes por razón de su cargo y los firmaba, se los entregaba a la acusada para que en el ejercicio de sus funciones de auxiliar administrativo los asentase en el registro de salida del Ayuntamiento con su número correspondiente para ponerlos en circulación en el tráfico jurídico-administrativo y que llegasen a sus destinatarios, la ahora absuelta rehacía de nuevo los documentos, firmándolos por orden, dándoselos a firmar al ex alcalde, y así introducirlos en el tráfico jurídico". 

Sin embargo, la sala de lo Civil y Penal del TSJ razona "que no cree a la denunciante,(la secretaria municipal), a pesar de que la acusada no niega haber firmado los documentos, porque siempre lo hizo por orden y delegación de la Secretaria-Interventora, quién le hubiera autorizado a ello a través de una delegación verbal".