Diario de León

Acepta dos años de cárcel por abusar de una niña de 14 años en La Laguna

El acusado reconoce que se frotó contra la menor sin llegar a quitarse la ropa en el suceso

Los tribunales han determinado que en este caso concurren circunstancias especiales. L. DE LA MATA

Los tribunales han determinado que en este caso concurren circunstancias especiales. L. DE LA MATA

León

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Un individuo acusado de abusos sexuales ha aceptado una pena de dos años de prisión que no comporta el ingreso en la cárcel, tras reconocerse autor de los cargos que se presentaban contra él.

Los hechos ocurrieron, en hora no determinada del día 26 de marzo de 2022, cuando se encontraba en la localidad de La Laguna de Castilla, perteneciente al municipio de Vega de Valcarce, de manera que, con el propósito de satisfacer ilícitamente sus instintos sexuales y con ánimo libidinoso, abordó a una menor de edad en aquella fecha por cuanto había nacido en Estados Unidos en 2008 y una vez se aproximó a ella, sin llegar a desnudarse ni a quitarse la ropa ,le agarró las nalgas con ambas manos y frotó lascivamente sus órganos sexuales contra el cuerpo de la menor en varias ocasiones hasta que finalmente la menor pudo zafarse del acusado y huir.

Como consecuencia de estos hechos la menor sufrió síndrome ansioso depresivo reactivo no requiriendo hasta ese momento de asistencia médica.

No obstante precisando para su estabilización de dos días de perjuicio moderado y 28 días de perjuicio básico. El padre de la menor reclama la indemnización que por estos hechos pudiera corresponderle.

El condenado no irá a la cárcel. «En el presente caso, se ha oído a la acusación particular y a la defensa del condenado y ha informado favorablemente el Fiscal en el sentido de que procede la suspensión por tiempo de 4 años. Por tanto, cumpliéndose los requisitos del artículo 80 del Código Penal sobre la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad, valorando las circunstancias del delito , las circunstancias personales del penado, su falta de antecedentes, la consignación en el Juzgado de la cantidad reclamada, sus circunstancias familiares y sociales, y los efectos que cabe esperar de la suspensión de la ejecución, es razonable esperar que la ejecución de la pena no resulta necesaria para evitar la comisión futura de nuevo».

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