Diario de León

Pedro Muñoz niega el delito de alzamiento de bienes: "Necesitaba liquidez y ningún banco me iba a conceder una hipoteca"

Pedro Muñoz, antes de su declaración

Pedro Muñoz, antes de su declaraciónL. DE LA MATA

Ponferrada

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"Mi situación económica era mala, tenía deudas, necesitaba liquidez y ningún banco me iba conceder una hipoteca". Con estas palabras ha negado el ex concejal de Ponferrada Pedro Muñoz, condenado a 16 años y 11 meses de cárcel por lesiones agravadas y maltrato a su hoy ex mujer Raquel Díaz, el delito de alzamiento de bienes e insolvencia punible en grado de tentativa del que se le juzga hoy en Ponferrada junto a sus dos hijos, acusados como colaboradores necesarios.

El fiscal ha considerado acreditado el delito, después de que Muñoz otorgara desde la cárcel, a los pocos días de su ingreso en prisión, un poder notarial sobre sus bienes (cuatro propiedades) con el que sus hijos trataron de donáselos a sí mismos. Aunque los hijos argumentaron que trataban de lograr una hipoteca, la fiscal entiende que "maquinaron" para evitar el pago de una hipotética responsabilidad civil a Raquel Díaz. "No había ninguna urgencia para que necesitara esa liquidez", aseguró la fiscal, que pide dos años y cinco meses de cárcel para cada uno de los tres acusados.

"El objetivo era descapitalizarse para evitar el pago de una responsabilidad civil", argumentó la fiscal, que entiende que los hijos no han acreditado la negativa de ninguna entidad bancaria a concederle una hipoteca a Muñoz. "Si el objetivo era obtener liquidez, ¿por qué no se hizo ninguna venta?", se preguntó el Ministerio Fiscal.

Las donaciones no se llevaron a cabo porque el registro de la Propiedad puso reparos al incluir la donación el domicilio conyugal en Santo Tomás de las Ollas, sin el permiso de Raquel Díaz. Finalmente, la hija de Muñoz reconoció a la fiscal que tuvieron el dinero "justo" para hacer frente a los gastos inmediatos de Muñoz.

Las defensas pidieron la absolución. En caso de ser condenado, el abogado de Muñoz pidió la pena mínima, con el atenuante de dilaciones.

La acusación particular pidió tres años y seis meses porque entiende que el delito no se ha cometido en grado de tentativa, si no que se ha consumado." Desde el momento en que se ocultan los bienes, el delito se consuma".

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