Diario de León

MEDIO AMBIENTE

Condenan a un anciano de 91 años a pagar 57.000 euros por causar un incendio en la Tebaida Berciana

Por gastos de extinción, daños del fuego y la sanción. Solo irá a prisión si no paga la multa de 810 euros que sustituye la pena de 45 días de cárcel por imprudencia grave con eximente de anomalía psíquica 

Uno de los helicópteros que participó en la extinción del fuego en Valdecañada el 3 de octubre de 2019

Uno de los helicópteros que participó en la extinción del fuego en Valdecañada el 3 de octubre de 2019. l. de la mata

Ponferrada

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Estaba solo. No avisó a nadie. No pidió autorización para quemar. No adoptó ninguna precaución. Soplaba un viento moderado. La temperatura rondaba los 24 grados. Y ya había cumplido los 86 años.

Así que la quema de rastrojos que un vecino de Ponferrada llevó a cabo en una finca de Valdecañada la tarde del 3 de octubre de 2019 se convirtió en un incendio que asoló 35,73 hectáreas de superficie forestal en la Tebaida —pinares de reforestación, algunos castaños y chopos, matorrales y pastizales— y que durante dos jornadas obligó a movilizar a cinco helicópteros, un avión, cinco cuadrillas helitransportadas, cuadrillas terrestres, cuatro autobombas, dos bulldozer, tres agentes medioambientales, además de bomberos y agentes de la Guardia Civil, para sofocarlo.

El coste de todo ese dispositivo y la valoración de los daños del incendio asciende a más de 56.000 euros y es la indemnización a la que tendrá que hacer frente el anciano —que ya ha cumplido los 91 años— después de que el Juzgado de lo Penal número uno de Ponferrada le haya condenado como autor de un delito forestal por imprudencia grave con eximente de anomalía psíquica, según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.. El nonagenario deberá añadir a esos 56.000 euros el pago de una multa de 810 euros sustitutiva de la pena de cárcel de un mes y 15 días a la que le ha condenado el juez. El anciano solo entrará en prisión si no paga la multa de 810 euros, razón de un día de privación de libertad por cada dos cuotas sin pagar.

La Fiscalía pedía cuatro meses de prisión, y la defensa, la libre absolución por entender que no se ha probado la responsabilidad del anciano.

El juez Óscar Hernáiz, sin embargo, sí ha considerado probado que el anciano ha cometido un delito de incendio por imprudencia grave, aunque quepa la eximente de anomalía psíquica. La sentencia considera hechos probados que el ahora condenado procedió a quemar restos vegetales, ramas, maleza y matorral en una finca propiedad de su esposa en el paraje de Valdeparada, en la localidad ponferradina de Valdecañada en un momento en que las condiciones meteorológicas eran «no favorables», «sin adoptar las mínimas precauciones y medidas de seguridad necesarias» y «sin contar con ayuda de nadie», ni con autorización de la Junta. Los medios movilizados tardaron más de 24 horas en extinguir el fuego.

También se considera probado que en el momento del incendio, el anciano ya presentaba «un trastorno neurocognitivo tipo demencia con antecedentes de una cuadro de depresión con ansiedad» que aún siendo «una merma grave o muy grave» no llega a anular su capacidad. «El hombre pudo olvidarse de tomar las medidas de precaución» . reconoce el juez.

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