Diario de León

El TSJ cambia agresión por abuso sexual y ratifica la condena del médico de Toral

Desestima el recurso contra el fallo de la Audiencia que lo condenó a más de 7 años de cárcel

El acusado, de espaldas, en la Audiencia Provincial. RAMIRO

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ICAL

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La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado «casi íntegramente» el recurso de apelación interpuesto por un médico de Toral de los Vados que fue condenado por la Audiencia Provincial de León a siete años y cuatro meses de prisión por un delito agresión sexual con agravante de prevalimiento a una paciente. La sentencia emitida —contra la que cabe recurso de casación— modifica, eso sí, la calificación de los hechos, que se definen ahora como de delito de abuso sexual con prevalimiento, según el Código Penal vigente en la fecha de los hechos (año 2021), y mantiene en el resto de pronunciamientos la sentencia emitida en octubre del pasado año por el tribunal leonés, en un caso en el que la Asociación de Ayuda a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica, Adavas, ejerció la acusación particular.

Según recogió el dictamen, los hechos ocurrieron cuando la paciente acudió a la consulta de su médico de Atención Primaria, derivada por la matrona, para que le diera un volante para una consulta de ginecología en eli Hospital El Bierzo. Una vez en la consulta, el acusado —tras una breve entrevista— le pidió que se tumbara en la camilla, con el fin de explorarla, pero lo que hizo fue agredirla, abusar de ella, según la nueva calificación- sexualmente.

La Audiencia Provincial de León estableció, aparte de la pena de prisión de más de siete años, la inhabilitación especial del derecho sufragio pasivo durante la condena e inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica durante el mismo, además de la prohibición de aproximación a la víctima a una distancia de 500 metros durante ocho años y cuatro meses.

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