El Supremo también ampara al único vecino legal de Los Montes de la Ermita
El Alto Tribunal inadmite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Igüeña contra la resolución del TSJ de Castilla y León, que confirmó la sentencia del Contencioso-Administrativo en la que se reconoció el derecho de Abel Crespo a estar empadronado en el pueblo donde nació
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Igüeña contra la sentencia que reconoce el derecho de Abel Crespo a empadronarse en la casa de su propiedad en Los Montes de la Ermita.
Se pone fin así a una guerra judicial entre este vecino y la administración local que comenzó en 2020 por la negativa del Ayuntamiento a darle de alta en el padrón de dicho pueblo. Casi cuatro años de lucha en los que la justicia ha dado la razón a este hombre de manera reiterada. En marzo de 2022, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de León emitió una sentencia favorable que, tras el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento, fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León en diciembre de ese año.
Casi dos años después de aquello, el día 2 de este mismo mes, el Tribunal Supremo dictó una providencia que recoge que el recurso presentado por el Ayuntamiento, para tratar de impedir el empadronamiento, no tiene interés casacional. Además, destaca los aspectos ya valorados por el juzgado, como que la vivienda es habitable, que las averiguaciones realizadas por el Ayuntamiento lo fueron respecto a otro vecino y que Los Montes de la Ermita no es un pueblo deshabitado, aunque dejó de estar oficialmente poblado en los años 80 y no es ya una entidad local menor.
«Lo que hace el Tribunal Supremo es dar la razón a Abel con los mismos argumentos que venimos defendiendo desde el principio y que el Ayuntamiento se ha negado a aceptar de forma recurrente, oponiéndose a los intereses generales y demostrando una clara resistencia a los pronunciamientos judiciales», asegura el abogado de Abel Crespo, Carlos González-Antón.
La resolución del Supremo, contra la que no cabe recurso alguno, también impone al Ayuntamiento de Igüeña, «al haberse personado y opuesto», la obligación del pago de las costas procesales en favor del vecino. Son 2.000 euros más IVA que «hay que sumar al resto de condenas dinerarias al haber visto desestimadas sus pretensiones en primera y segunda instancia», subraya el letrado, que cifra en unos 5.000 euros el dinero que el Ayuntamiento debe pagar en concepto de costas por el intento continuo de «privar a este vecino de su derecho a estar empadronado donde él quiere», afirma González-Antón.
El pronunciamiento del Alto Tribunal se produce varios meses después de que Abel Crespo fuera formalmente empadronado en el número 5 de la calle Fuente del Rato de Los Montes de la Ermita. Así tuvo que hacerlo el alcalde, Alider Presa, por mandato judicial ya que, en septiembre del año pasado, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de León (el que emitió la primera sentencia favorable a Abel) impuso al regidor una multa coercitiva personal de 600 euros por no cumplir el mandato judicial, una vez que el vecino había solicitado la ejecución provisional de la sentencia mientras se resolvía el asunto ante el Tribunal Supremo.
Así, «tras demorar, con todo tipo de pretextos y durante más de cinco meses, la inscripción de Abel en su domicilio de acuerdo al callejero que Catastro tiene en la localidad de Los Montes de la Ermita» —recuerda González-Antón— el Ayuntamiento aprobó en Pleno la creación de un tramo de calle (Fuente del Rato 3, 5 y 7) que ya existía en otros documentos de organismos oficiales. Y ahí fue cuando Abel se convirtió en vecino legal del pueblo en el que nació y donde quiere conservar la casa que heredó de sus padres.
«La conducta del alcalde estuvo cerca de motivar que también se dedujera contra él testimonio por un delito de desobediencia de resoluciones judiciales. Un procedimiento que finalmente quedó archivado al darse de alta a Abel en su residencia habitual el pasado 15 de marzo», añade y aclara el abogado del vecino. Dando cumplimiento a la orden judicial, el regidor también «redujo a 200 euros la multa finalmente impuesta», explica.
"Alegres y apenados"
Otra vez Abel Crespo tiene razón, según resuelve la justicia, y está contento por ello, pero eso no borra nada de lo sucedido desde que en 2018 solicitó al Ayuntamiento de Igüeña licencia para poder arreglar su casa en Los Montes de la Ermita. Ante la negativa, dos años después decidió recurrir a la vía judicial sin ni siquiera imaginar lo que le esperaba.
«Estamos contentos por esta nueva resolución, pero apenados por todas las argucias que ha utilizado el alcalde para tratar de enfrentar a los vecinos con mi padre», asegura el hijo de Abel Crespo, citando alguna denuncia ante la Confederación Hidrográfica Miño-Sil y aquel manifiesto firmado, en marzo de este año, por los presidentes de las juntas vecinales, en el que dejaron por escrito que no querían recuperar el pueblo de Los Montes, porque hacerlo —defendieron— pondría en peligro la supervivencia del resto de localidades «que están y existen».
En todo caso, la intención de la asociación de vecinos de esta localidad por recuperar la entidad local menor nada tiene que ver con el objetivo de Abel y ya ha sido denegada por la justicia en un pleito con la Junta de Castilla y León.
«Lo único que ha hecho mi padre es reclamar sus derechos para tratar de conservar lo que es suyo. Nunca ha querido hipotecar a ningún pueblo ni ir contra los intereses de nadie. En cambio, él sí ha sufrido represalias», se lamenta el hijo de este vecino que, desde hace casi siete meses, ya es vecino legal de donde quiere ser vecino.