Diario de León

El Popular pretendía demostrar que el empleado se apropió de dinero de pensionistas, para despedirlo

Absuelto el apoderado de un banco de Ponferrada acusado de estafa

La Audiencia Provincial de León ha decidido absolver a un apoderado de la oficina principal del Banco Popular de Ponferrada, al que la entidad a

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Redacción - PONFERRADA. Manuel Félix
Ponferrada

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La sentencia firme dictada por la Audiencia viene a restituir el honor del apoderado del Banco Popular, según las fuentes consultadas. Incluso se llegó a poner en tela de juicio que la entidad bancaria pretendiera la expulsión del trabajador mediante una argucia de manipulación de los reintegros que correspondía a dicho apoderado. A.M.S. tuvo que escuchar en el juicio que, aprovechando la credibilidad que el cargo y puesto le otorgaban, así como la buena fe y limitaciones físicas de los clientes propias de su avanzada edad, era quien rellenaba los reintegros consignando cantidades superiores a las que realmente entregaba a los pensionistas. Según la acusación, ahora desbaratada, el procedimiento utilizado le producía al acusado la inmunidad de que «todo cuadraba», al coincidir la suma del dinero sobrante que devolvía al banco, más el importe de las disposiciones de los clientes, con la suma retirada como provisión inicial cada vez que el apoderado salía a trabajar. Sumando las presuntas ocho apropiaciones desde 1992, le acusaban de hacerse con 7.993 euros. La sentencia absolutoria se basa en varios puntos. La comisaría general de la Policía no establece ni concluye que los reintegros de resguardos bancarios fueron alterados por el acusado. El perito calígrafo, utilizado por el banco para sostener la acusación, no acudió al juicio, pero el juez se apoya en sus mismas conclusiones periciales cuando fue despedido el trabajador, ya que el técnico dijo que no se puede determinar si los números se pusieron «antes o después de la firma». Al juicio no acudió ninguno de los clientes afectados del banco, y los testigos, parientes de los clientes, no pueden ser tomados como prueba concluyente. Se argumenta en la sentencia que los empleados del banco, en su declaración «no aportan datos convincentes» que demuestren la acusación.

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