Diario de León

Esteban cree que sólo el comité comarcal tiene poder para nominar

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Jesús Esteban ha explicado que los estatutos de la agrupación comarcal atribuyen la designación de candidatos al comité comarcal. «La gestora se constituyó en sustitución de la Ejecutiva, no del comité», explica. Este órgano está integrado por más de 200 miembros del partido elegidos en el congreso comarcal. Esteban considera que los miembros de la Gestora creen que con la Ejecutiva se disolvió también el comité. «Yo entiendo que no, porque un órgano de diez personas elegido a dedo para una coyuntura determinada no puede sustituir a uno de 200 elegido de manera democrática», afirma. Estatutos Asimismo, el presidente en funciones del Consejo Comarcal manifiesta que el artículo 36 de los estatutos federales establece que los miembros del comité federal se mantendrán en funciones hasta ser sustituidos por los nuevos miembros designados por el congreso federal. «Si a nivel nacional, los estatutos dicen que se mantiene el órgano hasta la celebración de un nuevo congreso, hay que entender que éste sigue trabajando y quiero dejar claro que éste es el único que tiene la facultad de designar a un candidato», manifiesta. El socialista Jesús Esteban afirma también que si la Gestora no se apoya en el voto de los consejeros carecerá de legitimidad de origen para designar al candidato y la decisión podría ser impugnada en el seno del Partido Socialista.

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