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Acusación y defensa acuerdan de forma conjunta una petición de condena intermedia

Cuatro años de prisión para un joven de Fabero que golpeó a su padre en la cabeza

El retraso mental del acusado tuvo una consideración de eximente de grado medio para el fiscal

Publicado por
Miguel Ángel Zamora - leóndl | ponferrada
Ponferrada

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La sala segunda de la Audiencia Provincial de León recibió una petición de pena de cuatro años y tres meses de prisión para M.A.M.R., vecino de Otero de Naraguantes, acusado de homicidio en grado de tentativa contra la persona de su padre. La acusación, que pedía una pena de ocho años de cárcel, y la defensa, que rebajaba la condena inicial a dos años y seis meses por eximente de retraso mental importante, que afectaba a sus facultades intelectivas y volitivas, alcanzaron un acuerdo. Los hechos que ayer se juzgaron en la capital tuvieron lugar el pasado 3 de febrero de 2003, cuando M.A.M.R mantuvo una discusión con su padre, por un asunto relacionado con temas de dinero. Aprovechando que el progenitor se encontraba de espaldas revolviendo el carbón de la calefacción, según se indica en el sumario del caso, le asestó varios golpes en la cabeza con un palo de madera. A resultas de los hechos, el agredido sufrió un traumatismo craneal en la región fronto-parietal, con hundimiento craneal, que necesitó de intervenciones quirúrgicas en forma de craiectomía y esquitectomía, con 12 días de ingreso en un centro hospitalario y 169 días de curación, 12 de los cuales le impidieron realizar sus ocupaciones habituales. El sumario de los hechos considera, desde el punto de vista del fiscal, que los hechos relatados era constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa del artículo 138 del Código Penal en relación con los artículos 16 y 62 del mismo cuerpo legal. Cierto es que se reconoce en el escrito que concurre la circunstancia atenuante de anomalía psíquica, aunque también la agravante de parentesco. A criterio de la defensa del acusado, las facultades mentales se encuentran gravemente afectadas por un retraso importante, según se desprende del grado de minusvalía concedido por el Instituto Nacional de Servicios Sociales, que lo valora en un 79%. Reunidas ayer la acusación y la defensa en la sala segunda de la Audiencia Provincial, acordaron modificar las conclusiones, según explicaron los abogados de las dos partes, una vez que el fiscal decretó grado medio para la eximente de la anomalía psíquica que registraba el acusado. El informe emitido por los psiquiatras del Hospital de León calificó la alteración que sufría de grado moderado-medio, por lo que finalmente, la vista se resolvió con la petición de condena expresada, cuya ratificación o modificación se llevará a cabo en las próximas semanas. Diez minutos escasos para sellar un acuerdo de buenas voluntades No tenían excesivo interés los representantes legales de las dos partes en entrar en un proceso que tampoco tenía sentido des de el punto de vista subjetivo, si bien es cierto que, a efectos legales, hay cuestiones que resultan de todo punto necesarias. A las 10.07 de la mañana, con un mínimo retraso sobre el horario previsto, compareció el procesado, acompañado de un efectivo de la Policía Nacional. Cruzó el pasillo que separaba la sala primera de la sala segunda en la Audiencia Provincial, sin apenas señales de nerviosismo, como no fueran de corte interior. Una vez dentro de la sala (la audiencia no fue declarada pública a la vista de que en realidad, ya se sabía de antemano que podía existir un acuerdo) y en un plazo no superior a los diez minutos, todos los implicados dieron por cerrado el caso, con una solicitud de condena común expresada ante el juez, para dar por bueno el acuerdo previo. A pesar de que es necesario validar el trámite previo del beneplácito del juez, la condena se considera casi firme, y en proceso de cumplimiento.

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