La juez entiende que no se ha probado que el pastor de Carucedo imputado causara la llamas
Absuelto el único acusado del fuego que quemó 200 hectáreas en Las Médulas
El fuego causó daños valorados en casi un millón y medio de euros y puso en peligro el yacimiento
Doscientas hectáreas quemadas en el entorno de un paraje declarado Patrimonio de la Humanidad, daños por valor de casi un millón y medio de euros, y ningún culpable. El Juzgado de lo Penal número uno de Ponferrada ha absuelto por falta de pruebas al único acusado hasta el momento del incendio que en agosto del año 2000 puso en peligro Las Médulas. La magistrada entiende que la acusación contra el vecino de Carucedo F.C.B, de 56 años de edad y pastor con un retraso mental moderado, se apoya en «simples conjeturas», sin que exista ninguna prueba directa de que la tarde del 3 de agosto del 2000 estuviera con su ganado en el paraje de Las Valiñas de Carucedo donde se inició el fuego en torno a las 17.15 horas. Las llamas acabarían quemando 205 hectáreas de masa forestal de gran valor (castaños, robles, encinas, madroños y alcornoques) en las pedanías de Carucedo, Las Médulas y Orellán, amenazando durante algunas horas el propio yacimiento arqueológico y movilizando a todos los medios de extinción disponibles. Los peritos valoraron finalmente los daños en 1,47 millones de euros y en 33.000 euros los gastos de extinción. «Está acreditada la producción del incendio intencionado, pero no se considera probado que fuera provocado por el acusado», afirma la juez. La sentencia señala que la única prueba de la acusación es «indiciaria, indirecta o circunstancial» y que el acusado siempre negó ser el autor del incendio. «Fueron las discrepancias con lo declarado por algunas vecinas que le vieron pasar por delante de ellas procedente del camino del cementerio sobre las 17 horas del 3 de agosto de 2000, unido al hecho de que al poco tiempo vieron el humo y que el acusado, con retraso mental, se dedica al pastoreo de ganado en la zona, lo que hizo que se sospechara de él» , razona la juez, antes de añadir que «otra vecina, al día siguiente, vio al acusado alterarse cuando ella dijo como se debía castigar a quien quiera que fuese el culpable». Para la magistrado, sin embargo, los testimonios «no dejan de ser simples conjeturas, pues no hay ninguna prueba directa de que estuviera en el lugar en que se originó el incendio. Nadie reclama ni se persona La sentencia también resalta que durante la vista oral, las declaraciones de los testigos «fueron muy confusas, con imprecisiones constantes y contradictorias tanto entre sí como con lo declarado anteriormente». La sentencia considera significativo que «pese a sus testimonios iniciales, negaron que se sospechara del acusado». Y a la juez también le resulta «extraño que se hayan producido otros incendios en la zona, que muchos de los propietarios de fincas afectadas no reclamen y que la Junta Vecinal no se persone en la causa».