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León

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A la juez le parece «significativo que la acusación popular, una vez practicada la prueba en el acto del juicio, retirara la acusación provisional formulada por entender que no se había probado que el acusado fuera el autor del fuego». En principio, el Fiscal había solicitado una pena de un año y seis meses de prisión y multa de siete meses y 15 días para el acusado y el pago de una indemnización a la Junta de Castilla y León y a los dueños de las fincas afectadas por el valor tasado de los daños y los gastos de extinción. Sin embargo, tras la instrucción, la Fiscalía modificó sus conclusiones rebajando la pena solicitada al estimar que se podía aplicar al acusado del delito de incendio forestal por imprudencia grave la eximente incompleta por su retraso mental. La defensa siempre solicitó la libre absolución de F. C. B. Las partes tienen un plazo de diez días para recurrir el fallo ante la Audiencia Provincial. La magistrada también ordena remitir a la Fiscalía el informe forense sobre el estado mental del acusado por si creyera conveniente solicitar la incapacitación judicial de F. C. B.