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Publicado por
León

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¿Qué es un puerto seco? Según reza la normativa oficial: «Los puertos secos son áreas interiores que reciben y expiden carga cuyo origen o destino son los puertos marítimos. Son instalaciones no costeras de uso público. Equipada con instalaciones fijas y ofreciendo servicios para manipular y almacenar temporalmente cualquier clase de mercancías, consideradas en tránsito para efectos de aduanas por cualquier clase de transporte de superficie y que tiene la capacidad de efectuar controles aduaneros para exportación o importación». Es decir, hay que imaginarse un puerto seco como una gran área de superficie, bien comunicada por carretera y por vía férrea, en donde se levantan grandes naves industriales a modo de almacenes con una buena urbanización del recinto (luz, agua, sevicios de telefonía, alcantarillado...), oficinas delegadas de autoridad portuaria, aduanas, vigilancia, parque de maquinaria y transportes, talleres, hostelería, talleres, repostaje de combustibles, etc. ¿Quién decide? El puerto seco tiene «un padre y una madre», a saber, la presidenta del PP en su etapa de consejera alentó poner en marcha un macropolígono en Villadangos; también el alcalde de Toral del PSOE, lleva «peleando» por la construcción en su municipio . Según el Puerto de Gijón, la decisión última la tiene un organismo adscrito, el Musel, «aunque las competencias en materia marítima se comparten todavía con la Administración Central y para obras y licencias, cofinanciación se tiene que contar, en los trámites, con las autonomías y los municipios afectados». El Puerto decide, pero Junta, Principado e incluso el ayuntamiento de turno pueden «obstaculizar con burocracia o fondos» todo el proyecto.