Diario de León
Publicado por
JOSÉ ÁLVAREZ DE PAZ
León

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AL PRINCIPIO el contrato de trabajo era un simple arrendamiento de servicios. La verdadera piedad del legislador, escribe el Conde de Toreno, en 1811, consiste en dejar al hombre libre de trabas lo más posible. Las únicas normas tuitivas eran las que se daba la sociedad a sí misma para protegerse de vagos y maleantes sin oficio conocido. Los propios trabajadores rechazaban toda intermediación, optando por el contrato civil común, hasta que el sistema liberal comprobó, aterrado, que una mayoría de hijos de proletarios no eran aptos para el servicio militar, es decir para la guerra. Por su parte las organizaciones obreras se volvían hacia el convenio colectivo, «ese híbrido jurídico con alma de contrato y cuerpo de ley». En 1886 las asociaciones obreras habían comprendido que no bastan los cauces del derecho mercantil, en 1888 nace la UGT, luego la CNT y los Sindicatos Católicos, el derecho social se va configurando como protector de la parte débil de la relación laboral, corrector de tremendas injusticias. La marcha es lenta, aunque con avances tan espectaculares como la ley Dato de 1900 que fundamenta la responsabilidad de la empresa, en caso de accidente, en la teoría del riesgo objetivo; en 1909 se legaliza el la huelga, por cierto que en un solo año, 1931, hubo en España 1.127 huelgas, con 843.303 huelguistas. Ya en 1931 se había extendido el seguro de accidentes de trabajo al sector de trabajadores agrícolas. Desde hace algunos años, las cosas están cambiando en Europa, retrocediendo hacia la civilización y mercantilización del derecho del trabajo, multiplicándose las modalidades de contratación bajo el signo de la precariedad y la temporalidad con la secuela de 900 trabajadores muertos por accidente de trabajo en España durante el último año. Al modelo de clasificación profesional ha sucedido el modelo de valoración de puesto de trabajo, la responsabilidad objetiva retrocede en la jurisprudencia hacia la responsabilidad por culpa, la cláusula pro operario se debilita, el paro estacional aumenta, la flexibilidad se entiende, frecuentemente, como recorte de derechos adquiridos, la movilidad es como un estado natural en algunos sectores, la jornada laboral se estira con horas extra más allá de toda norma, los salarios encogen, la inflación crece más que los costes salariales y la falta de una política de inmigración común reduce ese fenómeno a un problema de orden público. Como dijo Goette, las leyes y derechos se heredan, hay de ti que te tocó ser nieto.

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