Diario de León

| Análisis | Los edificios a examen |

Más de cien casas en estado de ruina

Ponferrada tiene 127 viviendas en pésimo estado, de los 30.696 edificios destinados en su casco urbano a esta utilidad. El Ayuntamiento sólo interviene en casos extremos

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Alejandro J. García - ponferrada
Ponferrada

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Era una tarde de otoño. Varios operarios se disponían a derribar un inmueble en ruinas situado entre la Calle Sierra Pambley con el 19 de Luciana Fernández. La intensa lluvia, el lamentable estado del edificio...hicieron el resto. La casa se hunde con un obrero dentro. Al final, tan sólo unas contusiones y un gran susto. Esto ocurrió hace apenas unos días y fue la comidilla de toda la ciudad. De repente, en la memoria de todos los ponferradinos se vino otra vez las dramáticas escenas del derrumbe de la grúa del edificio San Remo ocurrida hace 19 años con el resultado de una muerte. El resto de la contemporánea historia de la ciudad en materia de derrumbes y «sustos», se limitan a algunas tapias caídas, balcones desprendidos y poco más. Pero ¿cómo está el parque inmobiliario de Ponferrada? 100 de 30.000 El concejal de Urbanismo, Juan Elicio Fierro es el primero que reconoce que «no existe un censo como tal. Hay datos, variables sobre edificios. Falta, es cierto, recursos humanos y materiales para crear esa estadística e infraestructura». Sin embargo, los registros de la propiedad inmobiliaria y el propio catastro cuentan con censos que nos acercan bastante a la realidad. Según estas fuentes, en Ponferrada ciudad, no todo en el municipio, existen 30.696 viviendas familiares, de las que prácticamente todas están en óptimas condiciones. Descendiendo de categorías, hay 8.368 de estado «bueno», «deficiente» 1.369, 249 «malo» y 127 viviendas con un estado calificado como «ruinoso». El Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, Decreto 22/2004 de 29 de enero, en su disposición transitoria novena afirma que «los edificios que hayan sido terminados o rehabilitados antes del 1 de enero de 1967 deben someterse a la primera inspección técnica dentro de los siguientes plazos: ...terminados antes del 1 de enero de 1950...». La cuestión es, ¿por qué no se aplica la normativa a través de las Comisiones Territoriales de Urbanismo?

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