Diario de León

La Junta crea el Defensor del Usuario para vigilar los derechos sanitarios

La nueva Ley de Salud contempla sanciones por amenazas a profesionales

El consejero de Sanidad explicó la nueva ley tras el Consejo.

El consejero de Sanidad explicó la nueva ley tras el Consejo.

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ical | valladolid

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El Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, aprobado ayer por el Consejo de Gobierno, introduce como novedad la creación de la figura del Defensor del Usuario, nombrado por la Junta a propuesta del consejero de Sanidad, cuya función será intermediar y velar por el cumplimiento de los derechos de las personas, que podrán incluso pedir su intervención en casos de conflicto.

El consejero de Sanidad, Francisco Javier Álvarez Guisasola, explicó en la rueda de prensa que sigue al Consejo de Gobierno que el Defensor del Usuario podrá formular propuestas, recomendaciones o sugerencias para la mejora del sistema en base a la opinión de los usuarios, de otras administraciones o de los estudios que pueda realizar. Así, su función será la de «estar vigilante con las actividades y funciones que realiza el sistema en atención a la salud», afirmó. También precisó que la estructura administrativa para su nombramiento, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito sanitario o jurídico-sanitario, se aprobará por un reglamento.

Otra de las novedades de la normativa, que amplía el catálogo de derechos de los usuarios del sistema y extiende el concepto de salud a la atención sanitaria, salud pública y sociosanitaria, es la calificación, por primera vez, de las sanciones leves, graves o muy graves con multas entre 300 y 600.000 euros en casos de falta de respeto, coacción, amenazas o represalias y agresiones a los profesionales. Estas sanciones se agravarán, según explicó el consejero, cuando haya intencionalidad, reiteración, reincidencia, conforme al número de personas afectadas, por los perjuicios causados o por los beneficios obtenidos.

También por primera vez, se establecen en una norma autonómica las prestaciones del Sistema Público de Salud, conforme a las previsiones contenidas en la Ley de Cohesión y Calidad del SNS. Así, se recogen las prestaciones de atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, prestación ortoprotésica, productos dietéticos y transporte sanitario y las prestaciones de salud pública y de atención sociosanitaria.

La prestación de salud pública, que se dirige a preservar, proteger y promover la salud de la población, comprenderá no sólo la promoción y protección de la salud sino también la información y vigilancia epidemiológica; la prevención de enfermedades; la promoción y protección de la salud ambiental y laboral y el control analítico en laboratorios.

En cuanto a la prestación de atención sociosanitaria, será compartida, dijo el consejero, con los servicios sociales y comprende el conjunto de cuidados destinados a enfermos, generalmente crónicos, que por sus características precisen de la actuación sinérgica de los servicios sanitarios y sociales para aumentar su autonomía y paliar sus limitaciones o sufrimientos.

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