Diario de León

La crisis dispara las ayudas de emergencia social que reciben más de 8.800 castellanos y leoneses, un 48% más que en 2007

El presupuesto crece más de un 25% en un lustro, superando los tres millones en 2012, que financia la Junta, que aporta un 65%, y las corporaciones locales

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E.P.P./ ICAL

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Un total de 8.852 ciudadanos de Castilla y León recibieron ayudas de emergencia social en 2012, una cifra un 47,85 por ciento superior a la registrada en 2007, cuando fueron 5.987, según los datos facilitados por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades. Ese incremento del número de usuarios también elevó notablemente el presupuesto de este programa, que pasó de 2,4 millones de euros en 2007 a más de tres millones el pasado ejercicio (aún no se ha cerrado la cifra final), es decir, al menos un 25 por ciento más, y para este año se ha reservado una partida total de 3,8 millones.

Estas aportaciones económicas para hacer frente a gastos puntuales de alimentación, higiene o alojamiento temporal en casos de urgencia son financiadas en un 65 por ciento por Familia, mientras que el 35 por ciento restante corre a cargo de las corporaciones locales con competencias en servicios sociales (los ayuntamientos de las capitales y los grandes municipios, y las diputaciones provinciales), que son las encargadas de gestionar estas ayudas.

Hasta ahora, la cuantía de estas prestaciones y las condiciones para acceder a ellas (requisitos, destino y plazos) eran fijadas por cada una de estas corporaciones, por lo que había una gran diversidad en su concesión, pero la Junta aprobó a finales de marzo un decreto para regular y homogeneizar estas ayudas de emergencia social en toda la Comunidad, que empezará a aplicarse en unos meses.

Según esa norma, los ciudadanos con dificultades podrán recibir hasta 3.195 euros al año en un pago único, una cuantía que representa el 50 por ciento del total del IPREM anual, para hacer frente a gastos puntuales de alimentación, higiene o alojamiento temporal en casos de urgencia. Asimismo, una vez que soliciten este apoyo, tendrán que tener una respuesta afirmativa o negativa en un plazo máximo de un mes.

Las ayudas de emergencia social son finalistas, temporales, inembargables, de carácter extraordinario y compatibles con cualquier otro ingreso o prestación, incluida la Renta Garantizada de Ciudadanía, según acordó el año pasado la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades con los sindicatos y los empresarios dentro del marco del Diálogo Social,

Los profesionales de los Centros de Acción Social (CEAS) serán los encargados de estudiar la situación de los solicitantes y elaborar un proyecto individualizado de inserción. También serán ellos los que decidan si esas familias necesitan ayudas para hacer frente a otras necesidades consideradas imprescindibles.

Condiciones

Serán potenciales beneficiarios de estas prestaciones las personas en situación de urgencia social que residan en la Comunidad al menos durante los seis meses previos a la solicitud, salvo en el caso de emigrantes retornados o de víctimas de violencia de género desplazadas de otras autonomías, y que no puedan cubrir de forma puntual sus gastos de alimentación, cuidados personales esenciales (vestido e higiene) o alojamiento temporal en casos de emergencia social, ya sea por razones sobrevenidas o por falta continuada de recursos.

Además, los ingresos anuales de la unidad familiar no podrán superar la cuantía equivalente a 1,2 veces el IPREM anual, es decir, menos de 8.478 euros para personas individuales. Ese límite se irá incrementando en función del número de integrantes hasta un máximo de 1,8 veces el IPREM anual (11.500 euros para cuatro o más miembros).

Para el cómputo de esta cuantía, se tendrán en cuenta todos los ingresos procedentes del trabajo y de las pensiones, prestaciones y subsidios públicos que reciba la unidad familiar, excepto los que estén condicionados a un destino concreto, como por ejemplo las ayudas por dependencia. Se descontarán, además, los gastos ocasionados por el alquiler o la hipoteca.

Los beneficiarios tendrán que proporcionar la información requerida por los profesionales de los Servicios Sociales y facilitar las tareas de evaluación y seguimiento por su parte, así como colaborar en su proyecto individualizado de inserción y comprometerse a no destinar el importe de la prestación a otra finalidad distinta para la que se les concedió.

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