Diario de León

El TSJ desestima los recursos para que los médicos no se jubilen a los 65 años

. . El tribunal entiende que la Administración ejerce una «potestad discrecional» basada en razones de eficiencia.

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efe | burgos

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha desestimado los recursos planteados por Cesm Castilla y León y por el Consejo de Colegios Profesionales Médicos de la Comunidad contra la orden por la que se aprobó el plan sobre la prolongación de permanencia en el servicio activo y prórroga.

El Tribunal ha basado su decisión en que la administración autonómica ejerce una potestad discrecional de auto organización, por la que opta por el rejuvenecimiento de la plantilla, por razones de eficiencia, para atender las necesidades asistenciales, al existir suficientes profesionales jóvenes para cubrir las plazas que queden vacantes, frente a la permanencia de los mayores de 65 años, informaron ayer fuentes del TSJ.

Tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional han manifestado que el derecho a la prórroga en el servicio hasta los 70 años no es un derecho subjetivo pleno y perfecto, sino que existe sólo la facultad de solicitar esa prórroga, condicionada al ejercicio de una potestad de la Administración recurrida en función de loas necesidades de organización, argumenta la resolución.

Los jueces consideran que es evidente que tanto la autorización como la denegación de la permanencia en el servicio activo y su prolongación han de ser motivadas «específicamente».

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