Diario de León

Abierta la convocatoria para los ascensos de funcionarios y docentes

La Junta aplica la implantación de la categoría II extraordinaria de la carrera profesional también a la enseñanza concerta

Los profesores de la concertada también puede ascender si cumplen una serie de requisitos. SECUNDINO PÉREZ

Los profesores de la concertada también puede ascender si cumplen una serie de requisitos. SECUNDINO PÉREZ

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L. S.
León

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La Junta de Castilla y León ha abierto la convocatoria para que los empleados públicos de la administración general y organismos autónomos y los docentes puedan solicitar el acceso a la categoría II de la carrera profesional, con sus consiguientes complementos retributivos.

Mediante dos órdenes publicadas este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), las Consejerías de Presidencia y de Educación han abierto este plazo que se inició en 2021 con la convocatoria para el acceso a la categoría I.

El plazo para la solicitud de dicho reconocimiento comprende hasta el 17 de abril de 2023. Fue en 2019 cuando se implantó la ley de la carrera profesional de los empleados públicos, que tiene carácter progresivo, es voluntaria y consiste en la progresión de categoría sin necesidad de cambiar de puesto, lo que contribuye a dar estabilidad en el desempeño de las funciones administrativas de los empleados públicos.

La carrera profesional horizontal, con carácter general, se organiza en cuatro categorías a las que se accede mediante convocatoria previa, requiriéndose para el ascenso de categoría, entre otros requisitos que se especifican en cada convocatoria, tener reconocida la categoría inmediatamente inferior.

A cada categoría va vinculada la cuantía del complemento retributivo de carrera profesional horizontal correspondiente.

La orden establece los requisitos para su logro que, de manera resumida, son: presentar en tiempo y forma la solicitud; encontrarse en situación de servicio activo; haber obtenido el reconocimiento de la categoría profesional I por el procedimiento de acceso extraordinario, y acreditar un tiempo mínimo de permanencia de 15 años.

Finalmente, en lo que respecta a los docentes, los empleados públicos de la enseñanza que no quieran acceder a la carrera profesional, podrá continuar percibiendo el complemento de formación permanente, más conocido como sexenio, ya que ambos son incompatibles, algo que precisamente han criticado tanto por los sindicatos como por la oposición.

También para la concertada

Esta implantación de la carrera profesional se reconocerá también a los docentes de la concertada que cumplan, entre otros, el requisito de haber permanecido en pago delegado en su centro y en el mismo subgrupo al menos durante 15 años.

Con estas medidas, la Junta ha destacado que se cumple el objetivo que inspira el acuerdo de analogía retributiva de acercar los salarios del profesorado de centros concertados a los salarios de los profesores de los centros públicos.

En este sentido, ya en 2002 la administración educativa acordó con los representantes de la concertada mejoras para el colectivo a través de un complemento de analogía retributiva para homologar las nóminas de ese profesorado de la enseñanza concertada al 96 % de los sueldos de la enseñanza pública.

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