Diario de León

Cuentas insta a Villaquilambre, Astorga y La Bañeza a adaptar el cobro de plusvalías

- El municipio del alfoz suprimió el impuesto y derogó la ordenanza, que recuperó este mismo mes

Mario Amilivia, este lunes en la Comisión de Economía de las Cortes. LETICIA PÉREZ

Mario Amilivia, este lunes en la Comisión de Economía de las Cortes. LETICIA PÉREZ

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EFE

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El Consejo de Cuentas, que preside Mario Amilivia, insta a los ayuntamientos leoneses de Villaquilambre, Astorga y La Bañeza a que adapten sus ordenazas fiscales sobre el cobro de las plusvalías a lo previsto en la Ley General Tributaria. Amilivia presentó este lunes ante la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento de Castilla y León el informe del análisis de las reformas del impuesto municipal sobre la plusvalía en la situación económica de los ayuntamientos autonómicos. 

El informe recoge los resultados de una auditoría realizada sobre 25 ayuntamientos de la Comunidad, de distintos estratos de población. Cinco de ellos son de la provincia de León: Valverde de la Virgen, Villaquilambre, Astorga, La Bañeza y San Andrés del Rabanedo. 

En las siete recomendaciones que establece el informe se refiere especialmente a los ayuntamientos de Villaquilambre, Astorga y La Bañeza en el caso de León, a los que insta a adaptar su ordenanza fiscal a lo previsto en la Ley General Tributaria, sobre todo en lo que se refiere a lo procedimientos de gestión y al de inspección. 

En concreto el informe del Consejo de Cuentas señala que el Ayuntamiento de Villaquilambre suprimió el impuesto y derogó la ordenanza fiscal reguladora. Se da la circunstancia de que en el pleno del pasado día 13 el nuevo equipo de gobierno de este municipio recuperó la plusvalía (además de subir el IBI), en la que se establece la única exención del 90% para la transmisión de la vivienda habitual.

Astorga y La Bañeza

En su apartado de recomendaciones el Consejo de Cuentas indica que los ayuntamientos de Astorga y La Bañeza «deberían revisar los convenios formalizados con el Registro de la Propiedad», y considerar las fórmulas de colaboración previstas en la normativa tributaria. También hay posibilidad de acudir a la específica delegación de competencias en favor de la Junta o una entidad local de ámbito superior, como recoge la Ley de Haciendas Locales.

En cuanto a La Bañeza, «debería suscribir un convenio con el Consejo General del Notariado para el acceso a la plataforma Ancert.

Supresión
Villaquilambre suprimió el impuesto y derogó la ordenanza fiscal, pero ahora lo ha recuperado

El Consejo de Cuentas indica también que los ayuntamientos de Villaquilambre y Astorga deben reconocer el interés de demora en favor de quien paga el tributo cuando se reconozcan devoluciones de ingresos, según especifica la Ley General Tributaria. 

Por lo que se refiere al Ayuntamiento de Astorga, el órgano indica que sus ordenanzas deben hacer referencia a la exigibilidad, cuando proceda, del recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo. 

En el caso de los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes, indica que San Andrés del Rabanedo no tiene establecido un procedimiento de control para detectar posibles hechos imponibles no declarados.

Registradores
Cuentas insta a Astorga y La Bañeza a revisar los convenios con el Registro de la Propiedad

El informe presentado por Amilivia señala que Valverde de la Virgen y Villaquilambre suspendieron transitoriamente las liquidaciones; mientras San Andrés del Rabanedo no liquidó en los supuestos en los que en la transmisión no se había producido un incremento del valor, lo que debía acreditarse por escrituras. Por su parte Astorga resolvió los recursos de reposición de forma estimatoria cuando se consideraba acreditada la pérdida de valor. 

El impuesto lo liquida el 100% de los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes, y más del 80% de los mayores de 5.000 censados. Se reduce de forma significativa en los menores de 2.000 habitantes, según el informe del Consejo de Cuentas.

Un impuesto polémico que sólo el 10% de las haciendas aplican

En el ejercicio de 2020 el impuesto de plusvalías supuso para el Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo unos ingresos de 2,1 millones de euros, según los datos del Consejo de Cuentas de Castilla y León. En el caso de otro municipio del alfoz, Villaquilambre, los derechos reconocidos por este concepto fueron casi 828.000 euros. En el caso de Valverde de la Virgen ascendían a 490.000 euros, y en el de Astorga y La Bañeza casi 273.000 y 209.000 euros respectivamente, según el informe. 

El impuesto de plusvalía municipal tiene carácter no obligatorio, de hecho sólo el 10% de las haciendas locales lo liquidan; y grava el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana como consecuencia de la transmisión de la propiedad. Desde su regulación el tributo ha originado controversia, pero fue con la sentencia del Tribunal Constitucional de 2017 cuando se inició el proceso de revisión y cambio del mismo. La sentencia declaraba nulos los artículos que sometían a tributación situaciones en las que no existía en realidad incremento del valor del inmueble.

Las liquidaciones del impuesto descendieron de forma drástica a partir de 2008, con la crisis del ladrillo, para crecer después hasta 2017, cuando se inicia un nuevo descenso del 30% en la recaudación. 

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