La Fiscalía pide un total de 19 de cárcel por el accidente en un parque eólico de Valdenebro con dos fallecidos
Fiscalía de Valladolid solicita un conjunto de penas que suman 19 años de cárcel para las cuatro personas, entre técnicos y responsables de la empresa principal y las dos subcontratas, a las que responsabiliza del accidente laboral registrado en febrero de 2020 en Valdenebro de los Valles donde dos operarios encontraron la muerte al precipitarse desde más de 50 metros cuando participaban en los trabajos de construcción de uno de los doce aerogeneradores de un parque eólico.
En su escrito de calificación provisional, la acusación pública tipifica los hechos como un delito contra los derechos de los trabajadores y otros dos de homicidio por imprudencia y solicita para los acusados una multa de 3.240 euros de multa y veintiún meses de prisión por el primero y otros tres años de privación de libertad por las dos muertes, a razón de cuatro años y nueve meses de prisión en total para cada uno de los que compartirán banquillo en la Audiencia de Valladolid este lunes, 25 de noviembre, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
En concepto de responsabilidad, Fiscalía interesa el pago de indemnizaciones que globalmente se aproximan al millón de euros, de ellos 404.219 para la esposa y dos hijos de uno de los fallecidos, de 46 años, y otros 507.593 euros para la viuda de la otra víctima, de 55, sus dos hijos, sus padres y siete hermanos. De tales cantidades responderían los acusados de forma solidaria, directamente las aseguradoras y de forma subsidiaria la empresa principal que construía el parque eólico y las otras dos subcontratadas.
Los hechos se remontan a la mañana del día 15 de febrero de 2020 cuando los operarios fallecidos y otros compañeros más se encontraban trabajando en la torre 8 del parque eólico 'Carratorres', situado en la parcela 18 del polígono 13 en Valdenebro de los Valles (Valladolid), donde se estaban construyendo doce aerogeneradores de 120 metros de altura promovidos por Gas Natural, Fenosa Renovables pero que acometían una empresa principal y otras dos subcontratas.
Al comenzar el turno de la mañana, cuatro trabajadores debían subir a una plataforma situada a unos 100 metros de altura y el resto del grupo tenía que quedarse abajo realizando tareas de apoyo. Dado que en el elevador solo había sitio para dos personas, primero subirían dos operarios, los a la postre fallecidos, y después otros dos.
El siniestro se produjo cuando los dos primeros comenzaron a subir en el elevador, que se salió de las guías, a unos 56 metros de altura, y los trabajadores cayeron al vacío y murieron por el impacto de la caída.
Para la acusación pública, el accidente se produjo por el incumplimiento del Plan de Seguridad, que en su artículo 74 determinaba que para acceder a la plataforma octogonal denominada 'Goracon', colocada dentro de la torre para el montaje de las dovelas de hormigón que conforman la misma, era preciso hacerlo cuando se encontraba en el suelo, prohibiendo el uso de la escalera de servicio y el elevador siniestrado.
Sin embargo, en la práctica, la mayoría de las veces se usaba el elevador porque era mucho más rápido y permitía un mayor aprovechamiento de la jornada de trabajo, ya que las empresas encargadas de las obras sabían que el acceso a la 'Goracon' era más lento debido a que este procedimiento implicaba bajar la plataforma al nivel del suelo, soltar los anclajes, realizar el descenso, volver a elevarla y anclarla de nuevo a la torre.
Por ello, Fiscalía acusa de estas prácticas al coordinador de Seguridad y Salud de la Obra, Jorge G.M; al técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa principal, Alejandro A.C; al que era jefe del Proyecto Técnico de la primera subcontrata, José María D.M, y al encargado de la segunda empresa subcontratada, Víctor Manuel P.V.