Diario de León

La criticada Ley de Arrendamientos rústicos se convierte en una realidad

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r.m. | valladolid
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Con su publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado, la nueva Ley de Arrendamientos Rústicos, que ha contado con una fuerte oposición de las organizaciones agrarias durante todo su proceso de elaboración, es ya una realidad. Ayer mismo la organización agraria Coag volvía a denunciar que con esta normativa, lo único que pretende el Ministerio de Agricultura es «facilitar, por encima de todo, la movilidad de la tierra», beneficiando así a las grandes explotaciones agrarias en perjuicio de las más pequeñas o familiares. Y es que, de los 5,7 millones de hectáreas de tierras agrarias que se contabilizan en Castilla y León, 2,5 millones se trabajan en régimen de arrendamiento, lo que supone más de un 44% de su superficie total frente al 26,88% de la media nacional. De acuerdo con los datos del Censo Agrario del 99, Burgos y Soria, con más del 50% de sus tierras arrendadas, seguidas de cerca por Salamanca, con cerca del 45%, son las provincias en las que más éxito tiene este sistema de explotación. Si bien León no está entre ellas, en la provincia se trabajan bajo este régimen más de 250.000 hectáreas agrícolas, lo que supone el 36,5% de su superficie agraria. Según esto, la nueva Ley de Arrendamientos Rústicos afecta a la mitad de las tierras agrarias de la comunidad que, según Coag, se verán perjudicadas por varias novedades con respecto a la anterior normativa, como es la reducción del periodo de duración del contrato (pasa de 5 a 3 años). Para la organización agraria, esta medida es muy negativa para el sector agrario porque existe una serie importantes de líneas de ayudas públicas (primeras instalaciones, planes de mejora, medidas agroambientales, indemnizaciones compensatorias...) que requieren de los perceptores compromisos de mantener la explotación objeto de apoyo durante cinco años. Además, muchos arrendatarios tienen que realizar inversiones que necesitan de un periodo prolongado para que se puedan amortizar, por lo que se necesita una mayor estabilidad en el tiempo que los 3 años. Por otro lado, la nueva ley establece que el arrendador para recuperar la posesión de las fincas debe comunicarlo con un año de antelación, pues en caso contrario y una vez finalizado el contrato este se entenderá como prorrogado. Cualquiera puede arrendar Otra novedad es que se elimina el requisito antes obligatorio de que los arrendatarios tuvieran que ejercer la actividad agrícola o ganadera como principal. Según Coag, de esta forma «se favorece de forma clara a que personas y entidades ajenas al sector puedan acceder a un número importantes de tierras». En definitiva, en opinión de esta organización agraria, con la aprobación y ahora publicación de esta nueva normativa sólo se va a conseguir «la acumulación de tierras en pocas manos».

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