Diario de León

La Junta autoriza batidas de lobos fuera de época en casos especiales

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efe | valladolid

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Las batidas para cazar lobos se podrán autorizar esta temporada entre el 1 de septiembre de 2004 y el 31 de marzo de 2005, aunque fuera de este periodo de caza la Junta de Castilla y León podrá autorizarlas «en casos de especial gravedad» por los daños que pueda ocasionar este animal. Esta norma se refiere solo al norte del río Duero, porque al sur una normativa europea impide cazar lobos. Al norte del río la Consejería de Medio Ambiente podrá conceder capturas de lobos en zonas en las que esté constatada la presencia de un número de estos animales como para que la caza no ponga en riesgo la pervivencia de esta especie. La Consejería establecerá un número máximo de ejemplares a abatir, a los que se deberá identificar con un precinto que previamente entregará Medio Ambiente a las personas autorizadas. Las batidas las podrán solicitar los titulares de cotos de caza, o las autoridades municipales competentes cuando se lleven a cabo en terrenos no cinegéticos. No obstante, en los casos de autorizaciones especiales por la gravedad de los daños ocasionados, se deberá comprobar previamente el alcance del daño, antes de conceder la autorización, que será para una fecha concreta y un número máximo de lobos, que nunca podrán ser crías de esta especie, que se encuentra protegida. La Junta también podrá permitir que sean abatidos perros errantes, para evitar daños tanto en el campo como a las personas, aunque en este caso los requisitos son distintos a las batidas de lobo, una especie que en Castilla y León tiene una de las mayores poblaciones que se conservan en el continente Europeo.

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