Diario de León

Tres años para el anciano que dio seis puñaladas a su esposa en Medina

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ical | medina del campo

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La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a D.A.A., de 77 años de edad, acusado de acuchillar seis veces a su esposa el 22 de julio de 2004 en Medina de Rioseco- Valladolid- a la pena de tres años de prisión. Sin embargo el fallo le aplica igualmente «la medida de seguridad en un centro adecuado a su estado de salud por tiempo no superior a tres años y del que no podrá salir sin autorización del tribunal». Asimismo, se establece que el acusado no podrá aproximarse a su esposa en los próximos cinco años. Sentencia condenatoria Cabe recordar que el Ministerio Fiscal pidió una sentencia condenatoria de cinco años de prisión al considerar que existió dolo o voluntad de matar, mientras que el abogado defensor solicitó la total absolución en base a la patología mental del acusado. La sentencia del tribunal es condenatoria al considerar que en la actuación del acusado «hubo dolo de matar», que está acreditado por la clase de arma utilizada- un cuchillo- la dirección dada al golpe y la zona corporal sobre la que recayó al menos una de las cuchilladas que asestó a su esposa. Sin embargo, el fallo rebaja en dos grados el delito por homicidio al tener en cuenta «el peligro inherente al delito» y la concurrencia de una eximente incompleta por el estado mental del acusado. El fallo considera que el hecho «se dio en grado de tentativa», que reviste la forma acabada, ya que «el autor llevó a cabo todos los actos necesarios para la producción del acto mortal». En este sentido, el fallo considera relevante el informe de los médicos forenses que acredita que la cuchillada que penetró en la cavidad abdominal y que afectó a un órgano vital, como es el intestino, «pudo resultar mortal de no haber mediado asistencia médica». Eximente incompleta El tribunal considera que en la comisión del delito no se puede eximir totalmente al imputado ya que «no tenía anuladas sus facultades intelectivas y volitivas». Así, la sala estima que se debe aplicar la eximente incompleta en base a los informes de los médicos forenses, que concretaron que el acusado presentaba una reducción de dichas facultades «sin anularlas».

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