Diario de León

El Gobierno prohibirá a la Iglesia vender bienes

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La Iglesia no podrá enajenar sus bienes de interés cultural salvo que se transmitan al Estado español u otras administraciones públicas, una prohibición que ya existía en los bienes muebles eclesiásticos, según fuentes del ministerio de Cultura.

Así lo recoge el anteproyecto de Ley de Reforma de la Legislación del Patrimonio Histórico Español aprobado ayer de junio en Consejo de Ministros.

Con este proyecto de ley el Gobierno pretende «poner al día» una ley que «fue muy buena» en su tiempo, en 1985, pero que «necesitaba una adecuación a la realidad de los bienes culturales del siglo XXI», según fuentes ministeriales.

En el caso de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, el Ejecutivo considera que «operan razones de diferente naturaleza, ya que su reforma viene impulsada por la voluntad de contar con un texto que resulte operativo». La reforma de ambas leyes en virtud de un único texto normativo de modificación se lleva a cabo por un principio de conservación legislativa básico, como la principal de las opciones a la luz del consenso parlamentario y autonómico existente, y con la voluntad de no contribuir a una saturación normativa que genere confusión. Dar más precisión al régimen de los bienes que han salido ilegalmente de España. La nueva ley también contempla hacer obligatoria la conservación preventiva para que los bienes culturales no se deterioren, así como prohibir el uso no autorizado de detectores de metales para evitar la destrucción de yacimientos y definirá y regulará qué es un Paisaje Cultural. También establecerá que los estándares de protección que define la Ley estatal para los Bienes de Interés Culturales son obligatorios para las comunidades autónomas y solventará disfunciones en el traslado de una Bien de Interés Cultural de una comunidad autónoma a otra. Además, hará obligatorias las reglas sobre el uso de cables y rótulos en los conjuntos históricos.

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