Diario de León

La nueva norma obliga a estas televisones a difundir toda su programación en abierto

Las TDT locales deberán emitir como mínimo 32 horas semanales propias

El decreto regulador fue aprobado ayer por el Consejo de Gobierno de la comunidad

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ical | valladolid

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Los municipios o empresas que gestionen los futuros programas de televisión digital terrestre local (TDT) deberán emitir un mínimo de 32 horas de producción propia y de carácter local, y tendrán la obligación de prestar otros servicios de la Sociedad de la Información más allá de la mera difusión de programas y no podrán salir en cadena a antena, salvo autorización expresa del consejero de Fomento y con la conformidad de todos los ayuntamientos de los municipios afectados. En todo caso, no podrán emitir en cadena más de cinco horas al día, con un máximo de 25 horas semanales. Decreto regulador Así se recoge en el decreto regulador del régimen jurídico del servicio público de televisión digital local por ondas terrestres, aprobado ayer por el Consejo de Gobierno de Castilla y León. El texto regula tanto el procedimiento de adjudicación, renovación y extinción de concesiones del servicio, como la prestación del mismo y el régimen sancionador, entre otras cuestiones. También establece la creación de un registro de concesionarios del servicio de televisión digital local de Castilla y León, que deberá estar operativo como máximo el 1 de enero de 2008. El decreto establece que las TDT podrán ser públicas o privadas. En el primer caso deja claro que la gestión del programa debe realizarse directamente por los municipios o agrupaciones de municipios de la región que lo soliciten. En ambos casos, las concesiones se realizarán por un periodo de 10 años, prorrogables una sola vez por otros 10 a petición del concesionario. Será el consejero de Fomento quien resuelva la solicitud de prorroga, mientras que la extinción de la concesión podrá producirse por emitir sin autorización en el ámbito de otra demarcación o por renuncia del concesionario. Obligaciones Entre las obligaciones para las empresas y los municipios concesionarios figura, además de la emisión de un mínimo de 32 horas semanales de producción propia y de carácter local, la de difundir toda la programación en abierto, prestar servicios adicionales de la Sociedad de la Información, así como la difusión «gratuitamente y con indicación de su origen de los comunicados y declaraciones que en cualquier momento y por razón de su interés público el Gobierno de la Comunidad de Castilla y León estime necesario». Además, los concesionarios deberán presentar anualmente ante la Dirección General de Telecomunicaciones una memoria sobre la situación económico-financiero de la entidad; antes del 15 de diciembre de cada año, un plan con la programación del año siguiente, especificando los horarios de emisiones, la programación propia y los presupuestos para el próximo ejercicio y, si se reclama, en cualquier momento se deberá presentar un informe sobre las emisiones realizadas en los últimos tres meses, incluida la publicidad, telecompra, patrocinio y autopromoción para «poder verificar si se considera conveniente el grado de cumplimiento».

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