Recurrido el censo electoral federativo
El calendario electoral publicado en el BOCyL de 28 del marzo señalaba que los 96 días fijados para llevar a término las elecciones federativas incluían todos los plazos, contemplados los de posibles recursos. De no mediar la presentación de los mismos, podrían acortarse tales plazos. En principio, esto no va a ser posible.
El Club «Agrupación de Lucha Leonesa» presentó, ante la Junta Electoral, recurso al censo hecho público, al no ser contemplada en él la «Agrupación».
La no inclusión, obedece, según la Junta, a la aplicación de la normativa que rige el proceso: la «Orden CYT/289/2006, de 13 de febrero», por la que se regulan las elecciones de las federaciones, el Reglamento electoral y los propios Estatutos de la territorial.
En la referida normativa, se dice, queda señalada la obligatoria inscripción y afiliación al menos desde el año anterior a convocatoria.
Al recurso presentado le corresponde ahora la respuesta de la citada Junta electoral, tras cuya decisión, de no estar conforme quien lo planteó, cabe posterior paso ante el Tribunal del Deporte de Castilla y León, en plazo señalado en el referido calendario.