Diario de León

El CSD ya otorga licencia a los extranjeros para jugar en España hasta su regularización

Publicado por
e.p. | madrid
León

Creado:

Actualizado:

El Consejo Superior de Deportes (CSD) podrá otorgar desde hoy, martes, 23 de agosto, licencias provisionales a deportistas extranjeros no comunitarios para jugar en competiciones españolas, hasta que obtengan su autorización de residencia y trabajo en España, gracias a la entrada hoy en vigor de las instrucciones del Ministerio de Trabajo que regulan las especificidades de la contratación de deportistas. Esta normativa será de aplicación para autorizar la residencia y la práctica deportiva de los profesionales extranjeros que militen en los clubes de Primera y Segunda División de fútbol, Liga ACB, Asobal, equipos ciclistas del UCI ProTour y voleibol. A propuesta del ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, el Gobierno ha pretendido con esta medida establecer un procedimiento específico adaptado al nuevo Reglamento de Extranjería para conceder los permisos de trabajo y residencia a los deportistas profesionales extranjeros. Licencia deportiva Así, a los deportistas profesionales, se les exigirá poseer una licencia deportiva para disputar las competiciones deportivas oficiales o las organizadas por las federaciones, ligas profesionales o entidades asimiladas. También se podrán acoger a este acuerdo los entrenadores y colectivos equiparados a los deportistas profesionales. Dicho procedimiento podrán aplicarse al baloncesto (Liga ACB, Liga Española de Baloncesto Masculino y Liga Femenina de Baloncesto), balonmano (División de Honor Masculina y Femenina), ciclismo (clubes y equipos incluidos en el UCI Protoyr), fútbol (Liga Nacional Profesional- 1.ª y 2.ª División masculino, 1.ª División Femenina y División de Honor de Fútbol Sala masculino) y voleibol (División de Honor Masculina y Femenina). Además, federaciones deportivas, ligas profesionales o entidades asimiladas certificarán que la empresa solicitante del deportista extranjero está inscrita y autorizada para participar en actividades y competiciones deportivas y su capacidad para poder contratarlo, así como que el deportista se encuentra en posesión de una licencia deportiva. El Consejo Superior de Deportes deberá, a su vez, visar este certificado. Autorización provisional El acto de visado por parte de este órgano autorizará al inicio de la prestación laboral hasta el momento en que sea notificada la resolución definitiva de concesión de la autorización de residencia y trabajo. La utilización de esta validez provisional deberá ser comunicada previamente, por la entidad solicitante, a la Subdelegación del Gobierno en la provincia en que vaya a desempeñarse la actividad laboral. Previamente, el representante legal de la entidad deportiva deberá presentar personalmente la solicitud de la autorización inicial de residencia y trabajo ante una oficina de extranjeros de la provincia donde se vaya a ejercer la actividad deportiva. Los deportistas extranjeros a los que se le autorice la residencia en España obtendrán un premiso temporal de un año de vigencia.

tracking