Diario de León

Las enmiendas aprobadas buscan la formación y el arbitraje en los ERE

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colpisa | madrid

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La reforma laboral aprobada en el Senado ha traido consigo una serie de cambios. En cuanto a la participación de los desempleados en programas de formación solo será voluntaria durante los 30 primeros días de cobro de la prestación económica. A partir de ese momento, no podrán negarse. Si no participan, perderán la paga que perciben. Por otra parte, para que los proyectos de investigación y universitarios, y las grandes obras públicas no se vean afectadas, se contemplan excepciones a la limitación de contratos de obra y servicio. En lo referente al arbitraje en los ERE, el empresario y la representación de los trabajadores podrán acordar en cualquier momento la sustitución del periodo de consultas por el procedimiento de mediación o arbitraje.

Durante las suspensiones de contratos o las reducciones de jornada se promoverá el desarrollo de acciones formativas vinculadas a la actividad profesional de los trabajadores afectados. Por otro lado la intermediación laboral tendrá siempre la consideración de un servicio de carácter público, con independencia del agente que la lleve a cabo. El Gobierno por su parte da un plazo de doce meses para revisar las condiciones laborales y mejorar la empleabilidad de personas discapacitadas.

En los empleados de hogar, el salario en especie que cobran estos y otros trabajadores no podrá descontarse del salario mínimo interprofesional. Por último, las empresas acogidas a bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social por realizar contratos indefinidos dispondrán de dos meses para cubrir la extinción de los fijos.

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