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Eximen a una promotora de arreglar los pisos en mal estado

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efe | sevilla

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El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenó a una promotora a arreglar los desperfectos aparecidos en unos pisos porque lo vinculante no es el proyecto presentado sino la memoria de calidades que firmaron los compradores. La Sala Primera del Tribunal Supremo anula así un fallo dictado en el 2006 por la Audiencia de Sevilla, que condenó a Inmobiliaria del Sur a arreglar unos pisos del «Conjunto Los Milanos» en el Polígono Aeropuerto.

La Audiencia sevillana consideró que los pisos presentaban «evidentes deficiencias, daños y desperfectos», con «insuficiente aislamiento acústico, grietas, múltiples fisuraciones verticales y humedades generalizadas por defectuosa ejecución del revestimiento» de la fachada, patios y sótanos. Por ello, la promotora fue condenada a arreglar las viviendas de acuerdo con el proyecto.

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