El Gobierno liberaliza los servicios funerarios para abaratar los entierros
La reforma busca mejorar la competencia y bajar las cargas administrativas
Dice un viejo refrán que «la muerte a nadie perdona». Tampoco perdonan las empresas de pompas fúnebres, cuyas tarifas a veces dejan a los deudos del fallecido casi tan tiesos como al finado. Para ayudar a abaratar esos costes, el Gobierno dio luz verde ayer al anteproyecto de ley de servicios funerarios, que liberaliza el acceso de las empresas al sector y elimina cargas y trámites administrativos para acceder y ejercer esta actividad. Para las empresas, supondrá un ahorro que el Gobierno cifró en 18,3 millones de euros.
El vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, explicó tras la reunión del Consejo de Ministros que el texto legal, elaborado de forma conjunta por los ministerios de Economía y de Sanidad, persigue «mejorar la eficacia de los servicios» funerarios «y en la medida en que la competencia funcione, abaratar sus costes para los ciudadanos». El anteproyecto cumple además el mandato establecido por la Ley Ómnibus de transposición a la legislación española de la Directiva de Servicios de la Unión Europea.
La sustancia de la reforma legal afecta, sobre todo, a la eliminación de las actuales barreras que limitan la entrada a un negocio tan seguro -es el único que tiene asegurada una demanda estable a largo plazo- como lucrativo. La antigua autorización de acceso se sustituirá, en adelante, por una declaración responsable que habilita a las empresas para el ejercicio de la actividad en todo el territorio nacional.
Los ciudadanos tendrán mayor libertad para elegir a las compañías a las que quieren encargar estos servicios, pues el nuevo texto elimina la exigencia de que los traslados de cadáveres deban realizarlos empresas autorizadas por los municipios donde se produce el fallecimiento o donde va a producirse la inhumación o incineración. Una obligación muy extendida, que daba pie a la creación de monopolios u oligopolios de empresas en los ayuntamientos. En adelante, si la reforma es aprobada, primará la ley de la oferta y la demanda, lo que a juicio del Ejecutivo influirá en «la mejora de la competencia y la calidad del servicio».
1397124194 Coches fúnebres. La futura ley elimina una serie de requisitos que considera «innecesarios o desproporcionados» para el acceso a la actividad, como son la exigencia de una flota mínima de coches fúnebres, un determinado número de empleados, salas de velatorio, o la acreditación de solvencia financiera. También se suprimen las autorizaciones sanitarias para el traslado de los cadáveres que no presenten riesgos para la salud pública y la prohibición de trasladar a un fallecido hasta que hayan transcurrido veinticuatro horas desde su muerte.
Las empresas, además, ya no estarán obligadas a realizar prácticas de conservación de los restos a partir de las 48 horas desde que se produce el fallecimiento cuando se utilice un tipo especial de féretro.