REFORMA FINANCIERA
Los directivos de banca expedientados no podrán recibir indemnizaciones
Los directivos de entidades financieras que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario no tendrán derecho a percibir indemnización alguna, según el real decreto que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros.
Asimismo, tal y como ha señalado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea se limitan las indemnizaciones por cese de actividad de estos directivos.
Estas indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno la semana pasada.
Entonces, el Gobierno acordó recortar los salarios de los directivos de las entidades que han recibido préstamos del Fondo de Reestructuración Bancaria Ordenada (FROB), que no podrán cobrar remuneraciones anuales superiores a 600.000 euros, y de aquellas entidades bajo control del FROB, cuya retribución no podrá superar los 300.000 euros.